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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 29/3/2011
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 29 de marzo de 2011
Número 60
Página 3
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE MÁLAGA
Edicto Habiéndose intentado la notificación de las actas que a continuación se relacionan y no habiéndose podido practicar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común BOE del 27, se procede a su notificación a través del presente anuncio.
N.º ACTA INF.
I292010000264021
I292010000260482
I292010000284128
I292010000286451
I292010000290289
NOMBRE DE LA EMPRESA
NIF
LOCALIDAD
GRUPO MABAEXVA, S.L
BENIDORM EXPERIENCE HOTELES, S.L
LERIA SANCHEZ, FRANCISCA
FONTANERIA LUIS, S.L
XEY CORPORACION EMPRESARIAL, S.L
B64877442
B54425111
24775031Y
B92254481
B20850921
TERRASSA
BENIDORM
ARDALES
NERJA
ZUMAIA
DOMICILIO
C/ VENUS, 48-1 P.I.CAN PARELLADA
AVD. LAIGUERA EDF.CENTRAL PARK, S/N 1.º -108
C/ REAL N.º 8
C/ CHAPARRIL EDF.ATALAYA, BJ-12
BARRIO OIQUINA, S/N
IMPORTE
9.000,00
1.500,00
2.046,00
2.046,00
2.046,00
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE del 8.
Se advierte a la empresa que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por RD 928/98, de 14
de mayo BOE de 3 de junio, podrá presentar escrito de alegaciones en el plazo de quince días hábiles, desde el siguiente al de notificación de la presente acta, dirigido al órgano competente para resolver el expediente el Delegado Provincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Asimismo se comunica que dicho expediente se encuentra a disposición de los interesados en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, sita en calle Babel, número 2, Málaga, 29071.
En el supuesto de no formalizarse escrito de alegaciones, y conforme a lo establecido en el artículo 18.2 del Reglamento arriba citado, en relación con el artículo 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede un nuevo plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al vencimiento del plazo de alegaciones, a fin de darle audiencia del mencionado expediente.
Málaga, 14 de febrero de 2011.
El Secretario General, firmado: Juan José Martínez González.
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D
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
Cuarto. Que no ha formulado las alegaciones.
Quinta. Que no ha realizado la devolución.
Fundamentos de derecho
Cédula de notificación Número de expediente: 48/10.
Ante esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa María Ángeles Antonio Pastor con domicilio en calle Seguirilla, 28, Urb.
Arco de la Perla, 29630, Benalmádena, con el siguiente tenor literal:
Examinada la documentación referente al asunto de que se trata, y en atención a los siguientes:
Hechos Primero. Con fecha 8/04/2010 esta Dirección Provincial solicitó de la Tesorería General de la Seguridad Social certificado a efectos de responsabilidad empresarial del período 01/11/2006 a 30/11/2006, 01/08/2007 a 30/11/2007 y 01/01/2008 a 15/03/2009.
Dicho Organismo respondió afirmativamente respecto del descubierto absoluto de cotización.
Segundo. Con fecha 20/05/2010, se le notificó la posible responsabilidad empresarial respecto a la trabajadora Carmen Cabrerizo Ramírez por existir un descubierto en la cotización por desempleo durante el período del 01/11/2006 a 30/11/2006, 01/08/2007 a 30/11/2007 Y
01/01/2008 a 15/03/2009.
Tercero. En dicha comunicación se le concedía el plazo de 10 días para que formulara las alegaciones pertinentes, conforme con el art.
32.1.b del Real Decreto 625/85, de 2 de abril BOE número 109, de 7
de mayo.
Primero. De conformidad con el artículo 220 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social BOE número 154, de 29 de junio el Servicio Público de Empleo Estatal pagará las prestaciones por desempleo en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones de afiliación, alta o cotización por la empresa, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a esta por las prestaciones abonadas, según determina el artículo 230.e del citado Real Decreto Legislativo.
Segundo. La letra C del número 1 del art. 32 del citado Real Decreto autoriza a este organismo a dictar Resolución sobre esta materia.
Visto todo lo actuado, preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial.
Resuelve Reconocer la responsabilidad empresarial de María Ángeles Antonio Pastor en lo relativo al pago de una prestación por desempleo de la trabajadora arriba indicado que asciende a la cantidad de 5.265,29
euros, correspondiente al periodo de desempleo 10/09/2009 a 04/07/2011 por existir un descubierto en la cotización por desempleo durante el periodo del 01/11/2006 a 30/11/2006, 01/08/2007 a 30/11/2007 y 01/01/2008 a 15/03/2009.
Se le comunica que, en aplicación del artículo 32.1.c del Real Decreto 625/85, deberá, en el plazo de los 30 días siguientes a la notificación de esta resolución, ingresar la citada cantidad en la cuenta de Recursos Diversos Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Caja Madrid, número de c/c 2038 9814 87 6000203787,