Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Málaga » Boletín Oficial de la Provincia de Málaga » 01/10/2010
Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/10/2010
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Página 48
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de octubre de 2010
AUTORIDAD PORTUARIA DE MÁLAGA
Anuncio El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga, en su sesión de 30 de junio 2010, a la vista de la propuesta del señor Presidente de 15 de abril de 2010 y con el objeto de garantizar las actuaciones propias de los celadores guardamuelles, acordó, en virtud de las funciones atribuidas por los artículos, 40.5.a b j y l, 58 y 123 de la Ley 27/92 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Ley 62/97, de 26 de diciembre y en la D.A. decimotercera de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, lo siguiente:
Primero. Otorgar al personal del colectivo de policías portuarios de esta Autoridad Portuaria, que al final se relacionará, la consideración de agentes de la Autoridad Portuaria de Málaga, que ostentarán en el desarrollo de sus funciones para el ejercicio y realización de determinadas facultades de policía administrativa, según lo dispuesto en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, así como en las demás normas de rango legal y de desarrollo reglamentario, y durante la prestación de sus servicios, siempre en el ámbito del respeto de la legalidad vigente, así como de la normativa interna de aplicación en la Autoridad Portuaria de Málaga.
En este sentido y al margen de otros contenidos de trabajo derivados de la pura normativa laboral privada, en tanto se aprueba el Reglamento General de Servicio y Policía de Puertos, los policías portuarios habrán de desarrollar las siguientes funciones de policía administrativa, competencia del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga, siempre en el marco de las directrices e instrucciones emanadas del Director de la Autoridad Portuaria en cuanto que jefe inmediato y directo de todos los servicios de vigilancia y policía en la zona de servicio del puerto o persona/s en quien este delegue:
Control, inspección y coordinación de los servicios portuarios y los de ayuda a la navegación prestados directamente por la Autoridad Portuaria o mediante gestión indirecta.
Control, inspección y coordinación de las operaciones y actividades que requieran concesión o autorización.
Vigilancia del cumplimiento de las cláusulas y condiciones impuestas en el acto de otorgamiento de las concesiones y autorizaciones.
Control e inspección de las obras, instalaciones y equipos situados en la zona portuaria y que estén en el ámbito de competencias de la Autoridad Portuaria.
Control e inspección de las mercancías y contenedores situados en la zona portuaria en el ámbito de competencias de la Autoridad Portuaria.
Control, en el ámbito portuario, del cumplimiento de los reglamentos de mercancías peligrosas y de seguridad y salud, así como de los sistemas de seguridad y contra incendios, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de la administración.
Extracto de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Exacción de Tasas por la Prestación de Servicio del Boletín Oficial de la Provincia, artículo 6.1, publicada en el BOP con fecha 27 de diciembre de 2005
TASA GENERAL DE INSERCIÓN DE EDICTOS
Número 188
Control del acceso de las personas a los inmuebles, obras, instalaciones portuarias y zonas de acceso restringido o acotadas de la zona de servicio portuario.
La condición de agente de la Autoridad Portuaria de los policías portuarios les faculta para instar procedimientos sancionadores a quienes infringieren los puntos anteriores.
Los policías portuarios deberán prestar a las fuerzas y cuerpos de seguridad el auxilio debido para la consecución de los fines de seguridad enunciados en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Segundo. Conceder a cada policía portuario un título-nombramiento, con una credencial individual que le acredite su condición ante organismos públicos y todo tipo de entidades y personas físicas o jurídicas.
Tercero. Nombrar policías portuarios con carácter de agente de la Autoridad Portuaria de Málaga, en las condiciones indicadas en el presente acuerdo a:
APELLIDOS
MARTÍNEZ
VARGAS
MARFIL
GARCÍA
SEN
REINA
BRAVO
GONZÁLEZ
TORRES
GÓMEZ
LOBERA
RODRIGUEZ
CONTRERAS
CARRASCO
RODRÍGUEZ
MOSCOSO
BRAVO
CORDERO
ROLDÁN
FERREZ
NOMBRE
NIF
CATEGORIA
NÚM.
PLACA
EMILIO DANIEL
JOSÉ MANUEL
JOSE FRANCISCO
ALBERTO
JUSTINIANO
DANIEL
MIGUEL ÁNGEL
VANESSA
JOSÉ ANTONIO
ADRIÁN
25697197 X
25078182 V
74857456 T
25720631 F
25719525 M
74837197 G
74860890 F
74858178 D
74837528 J
74888890 Q
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
POLICÍA PORTUARIO
576
577
578
579
1401
1402
1403
1404
1405
1406
Cuarto. Acordar la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
La Secretaria, Beatriz García Gálvez.
V.º B El Presidente, Enrique Linde Cirujano.
1 1 3 3 7 /1 0
D
ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES
DE MÁLAGA
Edicto Por el presente, se hace saber, a quien pueda interesar, que el procurador de los tribunales don Daniel Mozo Vargas, que ejerció la profesión de procurador de los tribunales en el partido judicial de Marbella, ha causado baja definitiva en este Ilustre Colegio, y a efecto de liberar la fianza prestada para su ejercicio profesional, se publica el presente edicto, en cumplimiento del artículo 50 del Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España, abriéndose un plazo de seis meses, a efectos de reclamaciones.
Málaga, 21 de junio de 2010.
El Decano firma ilegible.
El Secretario firma ilegible.
1 1 3 8 6 /1 0
D
OFICINAS
Avda. de los Guindos, 48 Centro Cívico - 29004 Málaga Horario: de 9:00 a 13:30
Teléfonos: 952 06 92 79/80/81/82/83 - Fax: 952 60 38 44
ORDINARIO
0,29 euros/palabra
URGENTE
0,58 euros/palabra
Se publica todos los días, excepto sábados, domingos y festivos en el municipio de Málaga
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA