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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 30/5/2001
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 103
BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 30 de mayo de 2001
públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
f No estar incurso en causas de incompatibilidad, de conformidad con lo establecido en la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Cuarta. Solicitudes.
1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán presentar solicitud dirigida al señor Alcalde del Ayuntamiento de Arriate, en donde consten sus datos personales, domicilio, número de teléfono de contacto, plaza a la que aspira, así como declaración expresa de que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General del Ayuntamiento de Arriate, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
3. A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas se unirán la fotocopia del documento nacional de identidad y el resguardo de pago de los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 5.000 pesetas.
4. Junto con las instancias deberán presentarse cuantos documentos disponga el aspirante para ser tenidos en cuenta, en su caso, en la fase de concurso.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de admisión de solicitudes, el señor Alcalde dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento.
Sexta. Tribunal calificador.
El tribunal calificador designado por el Alcalde estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: El de la Corporación o miembro de ella en quien delegue.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.
Vocales:
Un concejal en representación del grupo municipal del PSOE, y otro del grupo municipal del PP, elegido y propuesto por sus respectivos portavoces.
Un funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Málaga SEPRAM.
Séptima. Comienzo y desarrollo de las pruebas.
1. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación implicará exclusión definitiva a tomar parte o continuar en las pruebas, salvo los supuestos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal y, en todo caso, se excluirá si el ejercicio es igual o simultáneo para todos los aspirantes.
2. Los ejercicios podrán realizarse en la misma jornada, fijándose el horario que el tribunal estime oportuno.
3. El tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.
Octava. Pruebas selectivas.
El sistema selectivo constará de dos fases:
Primera fase: Concurso. Se celebrará previamente a la fase de oposición. No tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Valoración de méritos en la fase de concurso: Consistirá en la asignación a los aspirantes de una puntuación determinada de acuerdo con el baremo que seguidamente se detalla, computándose los méritos obtenidos hasta la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
El baremo que regirá para la calificación de los aspirantes en la fase de concurso, será el siguiente:
1.
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Méritos académicos y de perfeccionamiento.
a Por titulación superior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
b Por titulación de grado medio . . . . . . . . . . . . . . . . .
c Por cada curso de perfeccionamiento organizados por centros oficiales, siempre que tengan relación con la plaza a cubrir y su duración sea igual o superior a un año, con un mínimo de 400 horas. . . .
d Por cada curso de perfeccionamiento, organizados por centros oficiales, siempre que tengan relación con la plaza a cubrir y su duración esté comprendida entre las 250 y 399 horas lectivas . . . . . . . . . .
e Por cada curso de perfeccionamiento, organizados por centros oficiales, seminarios, mesas redondas y otras reuniones similares que se traten temas relacionados con la plaza a cubrir, y su duración sea igual o superior a 30 horas lectivas. . . . . . . . . .
f Por cada curso de perfeccionamiento, organizados por centros oficiales, seminarios, mesas redondas y otras reuniones similares, siempre que se traten temas relacionados con la plaza a cubrir, y su duración esté comprendida entre 15 y 29 horas . . . . .
g Por cada curso de perfeccionamiento, organizados por centros oficiales, seminarios, mesas redondas y otras reuniones similares, siempre que se traten temas relacionados con la plaza a cubrir, y su duración sea inferior a 15 horas lectivas. . . . . . . . . . .
Puntos
2
1
0,50
0,40
0,30
0,20
0,10
La puntuación máxima que podrá obtenerse por méritos académicos y de perfeccionamiento será de 4 puntos.
2.
Experiencia profesional.
a Por cada seis meses completos o fracción superior a tres meses, desempañando funciones propias de la plaza a cubrir, en el Ayuntamiento de Arriate . . . .
b Por cada seis meses completos o fracción superior a tres meses, desempeñando funciones propias de la plaza a cubrir, en cualquier Administración Pública. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Puntos
0,50
0,25
La puntuación máxima que podrá obtenerse por experiencia profesional será de 3 puntos.
Segunda fase: Oposición.
1. Primera prueba, de carácter obligatoria y eliminatoria para todos los aspirantes. Consistirá en una prueba escrita, con preguntas tipo test o cuestionario, sobre los temas del programa que figura en el anexo I de estas bases. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de este ejercicio será determinado por el tribunal, atendiendo al contenido del ejercicio. Para superar esta prueba, los aspirantes deberán contestar correctamente al número de cuestiones que el tribunal determine motivadamente como nivel mínimo a superar.
2. Segunda prueba, de carácter igualmente obligatoria y eliminatoria. Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, relacionados con las funciones propias de la plaza a cubrir, en la forma y tiempo fijados previamente por el tribunal.
La puntuación obtenida en la fase de concurso no se podrá acumular a los puntos obtenidos en la fase de oposición, cuando en esta fase de oposición no se hubiera obtenido el mínimo exigido para superar dicha prueba 5 puntos.
Asimismo, no se considerarán aprobados, a efectos de esta convocatoria, aquellos aspirantes que sumando las puntuaciones de las dos fases, no obtenga la plaza vacante ofertada.
La calificación final vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en cada una de las dos pruebas celebradas más los puntos obtenidos en la fase de concurso.