Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 8/8/2016 (Suplemento 1)
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 8 de agosto de 2016
Número 151
YUNQUERA
YUNQUERA
Anuncio Por Resolución de Alcaldía de fecha 30 de junio de 2016, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Resolución de Alcaldía CONSIDERANDO que corresponde a los tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
CONSIDERANDO que desde el 30 de junio de 2016, el Alcalde-Presidente se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Resuelvo Primero. Delegar en Rafael M. Romero Sánchez, Primer Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, de conformidad con la legislación vigente, durante el periodo de ausencia.
Segundo. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de los actos dictados, así como, con carácter previo, de las decisiones de trascendencia.
Cuarto. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Yunquera, a 5 de julio de 2016.
El Teniente Alcalde, firmado: Rafael Romero Sánchez.
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Anuncio Por Resolución de Alcaldía de fecha 10 de junio de 2016, se aprobó la resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Resolución de Alcaldía CONSIDERANDO que corresponde a los tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
CONSIDERANDO que desde el 10 de junio de 2016, el Alcalde-Presidente se encontrará ausente del municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
Resuelvo Primero. Delegar en Rafael M. Romero Sánchez, Primer Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, de conformidad con la legislación vigente, durante el periodo de ausencia.
Segundo. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de los actos dictados, así como, con carácter previo, de las decisiones de trascendencia.
Cuarto. La delegación conferida en el presente decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Yunquera, a 5 de julio de 2016.
El Teniente Alcalde, firmado: Rafael Romero Sánchez.
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