Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 10/2/2015 (Suplemento 1)
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 10 de febrero de 2015
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ALHAURÍN DE LA TORRE
Secretaría Edicto Referencia: R-56/-09.
Ejecución subsidiaria.
Procedimiento restauración de la legalidad.
Con base en el artículo 59.4 de la Ley de 26 de noviembre, por medio del presente se comunica que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de tres de octubre de dos mil catorce al punto número 11 , se acordó la Resolución de Expediente relativa a ejecución subsidiaria procedimiento de restauración de la legalidad urbanística.
expte-R-56/09, seguido contra el titular don Robert Frank Powel, para que se proceda a repercutir el coste de la demolición.
Mediante Decreto número 20 de 15 de enero de 2014, fue acordada la ejecución subsidiaria de la demolición, estableciéndose la fecha de 27 de enero para su ejecución La ejecución subsidiaria de la demolición ha sido ejecutada durante los días 27, 28, 29, 30 y 31 de enero de 2014, por la entidad Excavaciones Rialsa, Sociedad Limitada, 2 emitiéndose factura por importe de 6.540 € + IVA, con un total de 7.913, 40 €.
Lo que se pone en conocimiento del interesado en el expediente Exptye-R56/09 , con la indicación de que el texto íntegro de la Resolución lo tienen a su disposición en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre sito en la Plaza de la Juventud, s/n.
Contra el anterior acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme establece el art. 14.2 del R.D.Leg.2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Número 27
Contra la resolución del recurso de recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa, si no lo fuere, el plazo será de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
Este recurso se habría de interponer, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, conforme al artículo 8.1.e de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción; pudiendo interponerse el mismo, a elección del demandante, ante el Juzgado en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado artículo 14 de la ley, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Alhaurín de la Torre, a 22 de octubre de 2014.
El Alcalde por sustitución, firmado: Gerardo Velasco Rodríguez.
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D
ALHAURÍN DE LA TORRE
Anuncio El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión plenaria celebrada el día 23 de enero de 2015, y con el quórum legal necesario que determina el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, aprobó inicialmente el Reglamento Regulador del Procedimiento de Registro, Tramitación, Gestión y Control de Facturas recibidas en el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre.
De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, se expone al público el acuerdo de aprobación de este reglamento por el plazo de 30 días hábiles, durante los cuales las personas interesadas podrán examinarlo en el Servicio de Intervención y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.
En caso de no presentarse reclamaciones, este reglamento se considerará definitivamente aprobado.
En Alhaurín de la Torre, a 30 de enero de 2015.
EL Alcalde, firmado: Joaquín Villanova Rueda.
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D
BENALAURÍA
Anuncio Habiéndose aprobado definitivamente en sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno de fecha 13 de enero de 2015, el Presupuesto General del Ayuntamiento de Benalauría para el ejercicio de 2015 junto con sus Bases de Ejecución, plantilla de personal funcionario, laboral y eventual, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el mismo resumido por capítulos:
I RESUMEN DEL REFERENCIADO PRESUPUESTO PARA 2015
ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO Y DENOMINACIÓN
1. IMPUESTOS DIRECTOS
2. IMPUESTOS INDIRECTOS
3. TASAS Y OTROS INGRESOS
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES
ESTADO DE GASTOS
IMPORTE
73.800,00 €
300,00 €
45.590,00 €
452.038,37 €
5. INGRESOS PATRIMONIALES
12.538,50 €
OPERACIONES CORRIENTES
588.266,87 €
6. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0,00 €
140.117,46 €
CAPÍTULO Y DENOMINACIÓN
IMPORTE
1. GASTOS DE PERSONAL
271.549,49 €
2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
170.164,13 €
3. GASTOS FINANCIEROS
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES
OPERACIONES CORRIENTES
6. INVERSIONES REALES
7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
6.000,00 €
21.400,00 €
469.113,62 €
212.541,09 €
0,00 €
8. ACTIVOS FINANCIEROS
0,00 €
8. ACTIVOS FINANCIEROS
0,00 €
9. PASIVOS FINANCIEROS
0,00 €
9. PASIVOS FINANCIEROS
18.740,28 €
OPERACIONES DE CAPITAL
140.117,46 €
OPERACIONES DE CAPITAL
231.281,37 €
TOTAL PRESUPUESTO
728.384,33 €
TOTAL PRESUPUESTO
700.394,99 €