Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 31/8/2011 (Suplemento 1)
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
Página 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 31 de agosto de 2011
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA
DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA DE LA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA, AUTORIZANDO LA
CONSTRUCCIÓN Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LA INSTALACIÓN
ELÉCTRICA QUE SE CITA.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de Endesa Distribución Eléctrica, SL, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-11-97, el Título VII del RD 1.955/2000, de 1 de diciembre BOE de 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada mediante resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, BOJA de 28-03-05, Ha resuelto: Autorizar a Endesa Distribución Eléctrica, SLU, para la construcción y aprobar el proyecto de la instalación eléctrica cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Finalidad: Nueva red aérea-subterránea a 20 KV desde apoyo A852661 de LAMT Benagalbón de subestación RincónV hasta nuevo CT, para distribución de energía eléctrica.
Situación: Calle Antonio Molina El Borge.
Características:
Línea aéreo-subterránea de 20 KV, con conductor LA-56 en su tramo aéreo de 100 metros de longitud y con conductor de aluminio 18/30 KV de 240 mm2 de sección en su tramo subterráneo de 220 metros de longitud, con apoyo metálico para paso aéreo-subterráneo.
Centro de transformación prefabricado con conjunto en SF6
formado por dos celdas de línea y una de protección y transformador de 630 KVA.
Término municipal afectado: El Borge.
Referencia: ATE-13335.
Condiciones 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en ésta ejecución las condiciones impuestas por los Organismos y Corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. El certificado de dirección de obra deberá incluir acreditación de la subsanación de los defectos incluidos en el boletín de revisión periódica.
7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Número 166
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La Delegada Provincial, Pilar Serrano Boigas.
1 1 5 3 9 /1 1
D
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE 1. INSTANCIA
NÚM. 6 DE MARBELLA
Procedimiento: Procedimiento ordinario 1357/2010.
Negociado: 04.
Edicto Notificación de sentencia En el Ppocedimiento ordinario 1357/2010 que se tramita en este Juzgado, promovido por Pauline Jane Lewis, frente a Michael James Lewis, por resolución dictada en el día de hoy, se ha acordado la notificación de la sentencia número 107/11 dictada en los presentes autos en fecha 24 de marzo de 2011, al demandado Michael James Lewis mediante la publicación del presente edicto, resolución que es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 107/2011
Jueza que la dicta: Doña Estefanía Zapico Martín.
Lugar: Marbella.
Fecha: 24 de marzo de 2011.
Parte demandante: Pauline Jane Lewis.
Abogada: Doña Ainhoa Carrasco Castillo.
Procurador: Don José Manuel Rosa Sánchez.
Parte demandada: Don Michael James Lewis en rebeldía.
Objeto del procedimiento: Cumplimiento obligaciones y reclamación de cantidad.
Fallo: Que estimando sustancialmente la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales señora Rosa Sánchez, en nombre y representación de Pauline Jane Lewis, contra Michael James Lewis, debo condenar y condeno al referido demandado a abonar a la actora la cantidad de ciento setenta y tres mil seiscientos treinta y ocho euros 173.638 euros, más los intereses legales conforme a lo previsto en el fundamento de derecho tercero de esta resolución. Las costas procesales se imponen a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga artículo 455 LEC. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna artículo 457.2 LEC.
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código 02, de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LO 6/1985 del Poder Judicial,