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Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 04/11/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva
BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 210
4 de Noviembre de 2021
5491
AYUNTAMIENTOS
ALMONTE
D. ROCÍO DEL MAR CASTELLANO DOMÍNGUEZ, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ALMONTE, HACE SABER.- Que transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y sugerencias a la Modicación de la Ordenanza Reguladora del Cementerio Municipal de Almonte, y desestimadas las reclamaciones y sugerencias presentadas, por el Pleno de la Corporación de fecha 11-10-2021, se entiende denitivamente aprobado el acuerdo adoptado inicialmente, por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de fecha diez de mayo de dos mil veintiuno, que se inserta a continuación:
EYH-01 ORDENANZA REGULADORA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE ALMONTE
Exposición de motivos De la revisión durante los últimos años de los textos municipales que venían regulando la materia, así como de la observación de las costumbres y de la cultura funeraria local, y de la experiencia acumulada y aportada por los sepultureros y técnicos con competencias en esta disciplina, se desprende la necesidad de introducir algunos cambios para optimizar el aprovechamiento del espacio y el funcionamiento de la instalación y los servicios que se prestan, todo ello porque se producen en un contexto cuya singularidad es incuestionable dada su naturaleza.
También, al hilo de lo expuesto en el párrafo anterior, y fruto de la referida experiencia, conviene actualizar algunos aspectos de la correspondiente Ordenanza Fiscal, pues aunque no se contempla la modicación de tasas, si es necesario introducir algunos elementos para dar cobertura a situaciones que no estaban contempladas hasta entonces. Concretamente, la que hace referencia a incluir en uno de los conceptos el de colocación de lápidas la retirada previa si fuese el caso, y la colocación de elementos ornamentales permitidos en la ordenanza y en consonancia con la estética del Cementerio y del resto de sepulturas.
Y por último, sin abandonar el área scal, se elimina además la tasa por ocupación del Tanatorio Municipal, ya que se trata de un servicio que se presta en los tanatorios de la localidad desde que estos están operativos, y que ofrecen mejores condiciones que el recinto destinado a estos menesteres en el Cementerio.
TÍTULO I
OBJETO
Artículo 1. La gestión y explotación del Cementerio Municipal de Almonte se llevará a cabo con estricta sujeción a lo dispuesto en el Decreto 95/2001, de 3 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria y Mortuoria de la Junta de Andalucía, y restante legislación vigente en la materia.
Dicha gestión y explotación se reparte en tres áreas, siendo cada una de ellas responsabilidad del departamento municipal designado a los efectos:
Área Servicio Son funciones de esta área el control de los operarios, cuidado, limpieza, vigilancia y acondicionamiento del Cementerio.
Área Urbanismo Son funciones de esta área la construcción y mantenimiento de unidades de enterramiento e instalaciones complementarias, sus accesos y obras de urbanización.
Del impacto que pueden tener dichas actuaciones en el funcionamiento de la instalación y en los servicios que se prestan, surge la necesidad ante cualquiera de ellas, de ser valoradas y coordinadas previamente por todas las áreas implicadas en la gestión del Cementerio.
Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 04/11/2021 a las 00:00:03
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