Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 14/02/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

840

14 de Febrero de 2020

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 31

Y para que sirva de noticación al demandado PELUQUERIA ROSARIO Y URSULA S.L.
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA PROVINCIA, BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA Y TABLÓN DE
ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes noticaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veintinueve de enero de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/Da MARÍA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA
En Huelva, a veintinueve de enero de dos mil veinte ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- JESSIKA LARRUBIA MARTÍN ha presentado demanda de ejecución frente a PELUQUERIA ROSARIO Y URSULA S.L.
SEGUNDO.- Se ha dictado auto despachando ejecución por un total de 15.397,48 euros en concepto de principal más 3.000 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento.
TERCERO.- De las actuaciones practicadas no se obtuvo cantidad alguna y se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial tras el resultado negativo del resto de averiguaciones realizadas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes sucientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oir al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Declarar al ejecutado PELUQUERIA ROSARIO Y URSULA S.L. en situación de INSOLVENCIA PROVISIONAL por importe de 15.397,48 euros en concepto de principal más 3.000 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento.
insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la noticación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneciario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n de cuenta de este Juzgado n 1932 0000 30 0170 19 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especicar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 14/02/2020 a las 00:00:14
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 14/02/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha14/02/2020

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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