Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 31/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 21

31 de Enero de 2020

485

AYUNTAMIENTOS
BOLLULLOS PAR DEL CONDADO
ANUNCIO
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, en sesión celebrada con el carácter ordinario y en primera convocatoria el día 28 de enero de 2020, acordó aprobar de!nitivamente la Modi!cación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, en los siguientes términos:
A Se modi!can las tarifas contenidas en el artículo 8º, la nueva redacción queda como sigue:
Artículo 8º. Cuota tributaria.
La cuota tributaria consistirá en una cantidad por unidad de local y a tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
- Tarifa 01: Cada vivienda unifamiliar o inmueble no destinado a actividad industrial, comercial, mercantil, lúdica, religiosa o profesional, dentro o fuera del casco urbano: 26,00 euros cada dos meses.
- Tarifa 02: Cada inmueble, local o todo tipo de establecimiento destinado a actividad industrial, comercial, mercantil, lúdica, religiosa o profesional, independiente del que le corresponda por vivienda que está en el mismo edi!cio 60,00 euros cada dos meses.
- Tarifa 03: Cada inmueble, local o todo tipo de establecimiento destinado a actividad empresarial o comercial, cuya super!cie total del local donde ejerzan su actividad supere los 200 metros cuadrados: 85,00 euros cada dos meses.
- Tarifa 04: Cada inmueble, local o todo tipo de establecimiento destinado a actividad empresarial o comercial, cuya super!cie total del local donde ejerzan su actividad supere los 1.000 metros cuadrados: 100,00 euros cada dos meses.
- Tarifa 05: Cada establecimiento industrial, comercial, mercantil, con actividad diferenciada, fuera del casco urbano:
Gasolinera: 100,00 € cada dos meses.
Hotel, hostal, fonda, residencia: 100,00 € cada dos meses.
Restaurante: 100,00 euros cada dos meses.
Establecimientos de aprovechamiento temporal, kioscos, chiringuitos, etc. 70,00 € cada dos meses.
Cada plaza de hotel, fonda, hostales, residencias y otros similares: 3,00 € cada dos meses.
El servicio de limpieza de foso aséptico y pozos negros, la tarifa a aplicar será conforme al coste del servicio prestado.
Por otra parte, se establece una reducción en la cuota para las Industrias, Bodegas y Cooperativas del sector Vinícola de la localidad, cuya tarifa aplicable será la Tarifa 02, independientemente de la super!cie dedicada a la actividad.
Estas empresas serán las comprendidas dentro de los siguientes códigos de actividad:
Epígrafe 425.1.- Elaboración y crianza de vinos.
Epígrafe 425.2.- Elaboración de vinos espumosos.
Epígrafe 425.3.- Elaboración de otros vinos especiales.
Epígrafe 425.9.- Otras industrias vinícolas N.C.O.P.
Epígrafe 464.2.- Tonelería.
Epígrafe 466.- Fabricación de Productos de corcho B La introducción de una Disposición Transitoria del siguiente tenor:
DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Con efectos exclusivos del periodo impositivo 2020, las cuotas se devengarán el primer día de cada mes, salvo en el caso de nuevas incorporaciones con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso será a partir de la misma cuando se produzca el devengo.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 31/01/2020 a las 00:00:03
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 31/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha31/01/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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