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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 22/01/2025
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
N.º 14
22 de enero de 2025
Con efectos desde el 1 de enero de 2024, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor, a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, serán los siguientes:
PERIODO DE GENERACIÓN / COEFICIENTE
Inferior a 1 año
0,15
1 año
0,15
2 años
0,14
3 años
0,14
4 años
0,16
5 años
0,18
6 años
0,19
7 años
0,20
8 años
0,19
9 años
0,15
10 años
0,12
11 años
0,10
12 años
0,09
13 años
0,09
14 años
0,09
15 años
0,09
16 años
0,10
17 años
0,13
18 años
0,17
19 años
0,23
Igual o superior a 20 años
0,40
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa María del Tiétar, 10 de enero de 2025.
El Alcalde, Rafael Pérez González.
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