Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 25/11/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 227 25 de noviembre de 2021

ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
Número 2325/21

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Servicio Territorial de Industria RESOLUCIÓN DEL JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y ECONOMÍA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN ÁVILA
POR LA QUE SE OTORGA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
DE CONSTRUCCIÓN A NUEVA LÍNEA AÉREO-SUBTERRÁNEA A 15 KV, SE
DECLARA, EN CONCRETO, LA UTILIDAD PÚBLICA DE DICHA LÍNEA Y SE
OTORGA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y DE CONSTRUCCIÓN
AL CENTRO DE TRANSFORMACIÓN GUIMORCONDO, A UBICAR EN EL
TÉRMINO MUNICIPAL DE TORNADIZOS DE ÁVILA ÁVILA.
1. ANTECEDENTES DE HECHO.
Primero. El 01/07/2020 I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. solicitó la Autorización administrativa previa, de construcción y el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la nueva línea eléctrica aéreo-subterránea a 15 kV y la Autorización administrativa previa y de construcción del centro de transformación compacto Guimorcondo, a ubicar en el término municipal de Tornadizos de Ávila Ávila.
Segundo. Dicha solicitud se sometió a información pública mediante el anuncio insertado en el BOP de Ávila de 08/03/2021, en el BOCyL de 22/03/2021, en el Diario de Ávila de 01/07/2021 y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Tornadizos de Ávila durante treinta días hábiles desde el 08/03/2021. Además, el proyecto presentado se sometió a información pública en la página web de la Junta de Castilla y León www.energia.jcyl.es, sección Energía y Minería Información pública en materia de energía y minas Energía.
Tercero. Se ha superado dicho periodo de información pública sin que conste la presentación de alegaciones al proyecto.
Cuarto. También se solicitó la conformidad y se recabaron los condicionados del Ayuntamiento de Tornadizos de Ávila y de la Confederación Hidrográfica del Duero. Ambos organismos respondieron a la petición realizada e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. comunicó su conformidad a los mismos. Asimismo, ADIF comunicó a I-DE que consideraba innecesario autorizar el cruzamiento de las líneas respectivas porque la de I-DE no afectaba a sus bienes.
Quinto. Asimismo, se ha realizado la visita de campo para examinar el emplazamiento de las instalaciones, sin que se haya apreciado ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre indicadas en el apartado a del artículo 58. Limitaciones a la constitución de servidumbre de paso, de la Ley 24/2013.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
Primero. En la tramitación de este expediente se ha tenido en cuenta la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 25/11/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha25/11/2021

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3609

Primera edición04/01/2010

Ultima edición24/05/2024

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