Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Ávila » Boletín Oficial de la Provincia de Avila » 03/05/2017
Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 03/05/2017
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
Nº 82 3 de mayo de 2017
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1.180/17
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BAJO TIÉTAR
A
N U N C I O
Aprobada inicialmente en sesión de la Asamblea de Concejales de esta Mancomunidad celebrada el pasado 16.02.2017 una modificación puntual en la "Ordenanza Reguladora de la Tasa sobre recogida domiciliaria de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos", en el sentido de modificar parte de la redacción del artículo 2 referente al hecho imponible, modificación que ha devenido en definitiva al haber transcurrido sin alegaciones el periodo concedido por anuncio en el BOP número 41/ 01.03.2017, de conformidad con la normativa vigente en la materia de régimen local, se publica el texto definitivo del citado artículo modificado.
artículo 2:
"2.1. Constituye el hecho imponible de la tasa de prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos generados en viviendas, alojamientos y establecimientos donde se ejerzan actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios; así como su transporte a la Planta de Residuos, tratamiento, mantenimiento y vigilancia de las instalaciones.
En el caso de viviendas, alojamientos y establecimientos, etc. señalados en el párrafo anterior, que se encuentren diseminados en suelo rústico o urbanizable, se entenderá que el servicio se presta actualmente, independientemente de la distancia, salvo que el sujeto pasivo demuestre contar con un sistema de recogida y tratamiento de RSU alternativo".
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, en el plazo de de dos meses de conformidad con lo previsto en la Ley de Haciendas Locales y Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOP.
Arenas de San Pedro, a 19 de abril de 2017.
El Presidente, José María Monforte Carrasco.
32
w w w. d i p u t a c i ó n a v i l a . e s bop@diputacionavila.es D e p ó s i t o L e g a l A V- 1 - 1 - 1 9 5 8