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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 11/02/2016
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
Nº 28 11 de febrero de 2016
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Número 374/16
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
D ELEGACIÓN T ERRITORIAL
DE
Á VILA
Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería Área de Estructuras Agrarias
A
N U N C I O
AVISO
TOMA DE POSESIÓN DE LAS FINCAS DE REEMPLAZO DE LA CONCENTRACIÓN
PARCELARIA DE LA ZONA DE CORTOS, ANEJO DE TOLBAÑOS ÁVILA
Se pone en conocimiento de todos los afectados en la concentración parcelaria de la zona de Cortos, Anejo de Tolbaños Ávila, que aprobado el Acuerdo de Concentración de dicha zona por Resolución de 29 de agosto de 2011 de la Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural, siendo firme con fecha 13 de enero de 2015, y finalizados los trabajos de replanteo de las nuevas fincas de reemplazo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, en relación con el apartado primero de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, se va a proceder a dar la toma de posesión definitiva y poner, por tanto, a disposición de los interesados las fincas de reemplazo que a cada propietario le corresponden en dicha zona.
Las nuevas fincas de reemplazo, con carácter general, se ponen a disposición de los propietarios para que tomen posesión de las mismas el día 22 de febrero de 2016. Y, como excepción, para las fincas que estén sembradas, cuando finalicen las labores de recolección, marcando como fecha límite de su toma de posesión el 16 de agosto de 2016.
Conforme a lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo son puestas a disposición de los participantes para que tomen posesión de ellas, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al dos por ciento entre la cabida real de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración, mediante escrito dirigido al Área de Estructuras Agrarias del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Ávila. Si la reclamación fuera estimada la Dirección General podrá según las circunstancias, rectificar el Acuerdo, compensar al reclamante con cargo a la masa común o, si esto último no fuera posible, indemnizarle en metálico, reintegrándole los honorarios satisfechos por el informe pericial.
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