Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 12/01/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Nº 6 12 de enero de 2016

ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Número 32/16

DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO
J EFATURA P ROVINCIAL

DE

T RÁFICO

DE

Á VILA

RESOLUCIÓN de ocho de enero de dos mil dieciséis de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas de los Ayuntamientos de la Provincia de Ávila, enumerados en el Anexo I.
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial atribuye a los Municipios la competencia para la denuncia y sanción de las infracciones que se cometan en sus vías urbanas.
Por su parte, el apartado 4º del artículo 71 del citado texto legal establece que la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta facultad de acuerdo con la legislación aplicable.
A continuación, el apartado quinto del mismo artículo 71, dispone que los Jefes Provinciales de Tráfico asumirán la competencia de los Alcaldes cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.
Al amparo de estas disposiciones los Alcaldes de los Ayuntamientos enumerados en el Anexo I solicitaron la asunción, por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ávila, de las competencias municipales en materia sancionadora por infracciones a las normas de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial en las vías urbanas de dicho municipio.
En su virtud, y habiéndose encontrado justificados los motivos y alegaciones formuladas por los Alcaldes de los Ayuntamientos enumerados en el Anexo I, para la cesión de la competencia que el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, le otorga, RESUELVO
Asumir, desde la fecha de la presente Resolución, la competencia para sancionar las infracciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial cometidas en las vías urbanas de los Ayuntamientos enumerados en el Anexo I, con las siguientes observaciones:
1 La asunción de la competencia sancionadora será de carácter temporal, mientras subsistan las razones expuestas por cada Alcalde y los servicios sean insuficientes.
En Ávila, a ocho de enero de dos mil dieciséis.
El Jefe Provincial de Tráfico de Ávila, Arturo Barral Santiago.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 12/01/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha12/01/2016

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones3851

Primera edición04/01/2010

Ultima edición20/05/2025

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