Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/10/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Nº 201 19 de octubre de 2015

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Número 2.868/15

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ÁVILA
E

D I C T O

D. MARÍA JESÚS MARTÍN CHICO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social de ÁVILA, HAGO SABER:
Que en el ETJ 128/15 de este Juzgado seguido a instancia de SAHIRA INDHIRA RODRIGUEZ MORENO contra BRIGIDA CARMEN LOS SANTOS PEÑALO, se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En ÁVILA, a cinco de Octubre de dos mil quince.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, SAHIRA INDHIRA RODRIGUEZ MORENO, frente a BRIGIDA CARMEN LOS
SANTOS PEÑALO, parte ejecutada por importe de 1.921,58.- euros de principal, y 317,06.euros provisionales de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará la Secretaria, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados a la ejecutada, como dispone el art. 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en este juzgado, en los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de S.S. deberá consignar 25.- euros, de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JUZGADO en el SANTANDER, n 0293-000064-0128-15 debiendo indicar en el concepto, Recurso seguida del código 30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace mediante transferencia deberá incluir tras la cuenta, separados por un espacio, el código 30 Social-Reposición. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando
w w w. d i p u t a c i ó n a v i l a . e s bop@diputacionavila.es D e p ó s i t o L e g a l A V- 1 - 1 - 1 9 5 8

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/10/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha19/10/2015

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3851

Primera edición04/01/2010

Ultima edición20/05/2025

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