Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 22/10/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Nº 203 22 de octubre de 2014

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
Número 2.996/14

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
D IRECCIÓN T ERRITORIAL

DE

Á VILA

Servicio Territorial de Medio Ambiente ANUNCIO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE DE ÁVILA POR
EL QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LA RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO CONSTRUCTIVO SOTILLO DE LA ADRADA, CASILLAS Y SANTA MARÍA DEL TIÉTAR. EMISARIO Y E.D.A.R.. CLAVE: C0/2013/17.
Con fecha 22 de septiembre de 2014, la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras ha procedido a la aprobación provisional del proyecto constructivo SOTILLO DE
LA ADRADA, CASILLAS Y SANTA MARÍA DEL TIÉTAR. EMISARIO Y E.D.A.R.. CLAVE:
C0/2013/17, cuya ejecución promueve la Sociedad Pública de Infraestructuras y Medio Ambiente de Castilla y León SOMACYL.
Previo a la aprobación definitiva del mismo y en cumplimiento de los artículos 18 y 19
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954, procede someter al trámite de información pública previsto en dichos artículos, durante un plazo de 20 días hábiles, la relación individualizada de bienes y derechos afectados por el citado proyecto. A
tal fin, la relación de titulares, bienes y/o derechos y los planos parcelarios, podrán ser examinados por quienes lo deseen en el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila, sito en Monasterio de Santa Ana, Pasaje del Císter, 1 de Ávila, en el Ayuntamiento de Sotillo de La Adrada, ubicado en Plaza de la Concordia, 1, de la mencionada localidad y en el Ayuntamiento de Santa María del Tiétar, ubicado en Plaza del Generalísimo, 1, de la citada localidad.
No obstante las afecciones se concretan de la siguiente manera:
1 Expropiación en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir o en su caso ocupar, las instalaciones y o elementos fijos en superficie contenidos en el proyecto objeto del presente anejo.
2 Para la canalización de la conducción:
Imposición de servidumbre permanente de acueducto a lo largo del trazado de la conducción con una anchura de 4 m.l. centrados respecto al eje de la misma, por donde dicha conducción discurrirá enterrada. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:
- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a ochenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos, realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 22/10/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha22/10/2014

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones3837

Primera edición04/01/2010

Ultima edición29/04/2025

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