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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 24/07/2014
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
Nº 141 24 de julio de 2014
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 2.366/14
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Nº 1 DE ÁVILA
E
D I C T O
D. MARÍA DEL CARMEN ARENAS JIMÉNEZ, SECRETARIO/A DEL JUZGADO DE
PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1 DE ÁVILA.
HAGO SABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EXPEDIENTE
DE DOMINIO. REANUDACIÓN DEL TRACTO 330/2014 a instancia de D. ALBERTO JIMÉNEZ MARTÍN expediente de dominio de la siguiente finca:
FINCA NUMERO 345 DEL POLÍGONO NUMERO 7 del actual Catastro. Terreno dedicado a cereal de secano, al sitio de Las Mojadillas o Garnacho, Ayuntamiento de Niharra Ávila, que linda: Norte, camino; Sur, finca número 344 de María Pilar Vázquez Zazo, antes de Julia Zazo González; Este, finca número 346 de Eulalia Vaquero Herráez, antes de José Vaquero Herráez; y Oeste, finca número 339 de Mariano Martín Díaz. Tiene una extensión superficial de una hectárea, treinta y un áreas y ochenta centiáreas, y es, por tanto, indivisible conforme a la legislación vigente.
Inscrita en el Registro de la Propiedad n 1 de Ávila, al tomo 1.425, libro 11, folio 91, finca número 1.244, inscripción 1.
Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, haciéndose extensivo el llamamiento a D VISITACIÓN JIMÉNEZ GALÁN, D. ARTURO REBOLLO JIMÉNEZ Y D SORAYA REBOLLO JIMÉNEZ como titulares catastrales y como personas de quienes procede la finca, D. ANGELITA PRIETO JIMÉNEZ Y D. PLACIDO PRIETO JIMÉNEZ, en calidad de herederos del titular registral D. Eusebio Prieto Jiménez, y D. MARIANO MARTÍN DÍAZ, D.
MARÍA PILAR VAZQUEZ ZAZO, D EULALIA VAQUERO HERRAEZ Y EXCMO. AYUNTAMIENTO DE NIHARRA como dueños de las fincas colindantes.
En Ávila, a dieciséis de julio de dos mil catorce.
El/La Secretario/a Judicial, Ilegible.
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