Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Ávila » Boletín Oficial de la Provincia de Avila » 01/07/2013
Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 01/07/2013
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
BOP
Nº 125 1 de julio de 2013
de 4 días, en consideración a la gravedad del hecho y a la cuantía de lo sustraído, y a los escasos datos económicos de la denunciada.
Para efectuar tal pronunciamiento se ha tenido en consideración la declaración precisa, coherente y detallada de la parte denunciante que manifestó que declaró en juicio que el denunciado sustrajo una pieza de embutido metiéndoselo en el interior de la ropa.
Por otro lado la parte denunciada no compareció a pesar de haber sido debidamente citada.
SEGUNDO.- Autoría Conforme los artículos 27 Cp, y demás preceptos concordantes, se considera autor a Vasile Paun.
TERCERO.- Responsabilidad civil.
Queda regulada en el artículo 116 y siguientes del Código Penal. En el se establece que 1. Toda persona criminalmente responsable, de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno.
En todo caso, conforme petición del Fiscal, se condena a la parte denunciada al pago al denunciante de 3,19 euros.
CUARTO.- Costas.
El artículo 123 del Código Penal dispone que las costas procesales se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta, por lo que deben ser condenados los denunciados al pago de dichas costas, al haberse declarado su responsabilidad penal en esta sentencia.
VISTOS los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación al caso FALLO
Que debo condenar y condeno a Vasile Paun como responsable en concepto de autor de una falta de hurto, tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal a la pena de 4 días de localización permanente, condenándole también al pago de las costas procesales.
En concepto de responsabilidad civil se condena a Vasile Paun a pagar al representante legal de Lidl la cantidad de 3,19 euros. Esta cantidad devengará el interés legal conforme LEC.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a Vasile Paun expido el presente en Ávila, a 21 de junio de 2013. Doy fe.
Firma, Ilegible.
24
w w w. d i p u t a c i ó n a v i l a . e s bop@diputacionavila.es D e p ó s i t o L e g a l A V- 1 - 1 - 1 9 5 8