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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 29/11/2012
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
Boletín Oficial de la Provincia de Ávila Número 230
Jueves, 29 de Noviembre de 2012
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A D M I N I ST R A C I Ó N D E J U ST I C I A
Número 3.775/12
JUZGADO
DE LO
SOCIAL Nº 1
ED
DE
ÁVILA
I CTO
D. M. JESÚS MARTÍN CHICO, Secretaria del Juzgado de lo Social de ÁVILA, HAGO SABER:
Que en la ETJ 90/12, seguida a instancia de ANA VEGA SÁNCHEZ y 4 más contra CHECHEAL
S.L., se ha dictado la siguiente:
DECRETO
En ÁVILA, a veintiséis de Octubre de dos mil doce.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
a Declarar al ejecutado CHECHEAL S.L. en situación de INSOLVENCIA, por impor te de 32.300,58.- euros.
b Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
d Una vez firme, inscríbase en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el art.
53.2 LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, ar t. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta n 0293-0000-64-0090-12 en el BANESTO debiendo indicar en el campo concepto, recurso seguida del código 31 Social-Revisión de resoluciones Secretario Judicial.
Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del 31 Social-Revisión de resolucio-
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