Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 31/12/2010

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Boletín Oficial de la Provincia de Ávila Viernes, 31 de Diciembre de 2010

Número 251

3

la Seguridad Social que no se hubiesen abonado una vez transcurridos los quince días desde la notificación de la respectiva providencia de apremio.
Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social y antes del inicio del procedimiento de apremio, los órganos de recaudación ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social podrán adoptar medidas cautelares de carácter provisional, que se convertirán en definitivas ya en el marco del procedimiento de apremio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 de la citada Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, y en el artículo 54 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.
El Subdirector Provincial de Gestión Recaudatoria, P.S. Acuerdo 14/05/2007 del Director Provincial de la TGSS, Raquel de Diego Tierno.
Núm. Expediente:

Tipo responsabilidad:

D120100055/ DR20100083 4.5 Solidaria Administradores
DNI o CIF

CCC o NAF:

6570733R

050016980850

Nombre y apellidos o razón social RAFAEL ARRIBAS VARAS
Importe deuda derivada:

Nombre y apellidos o razón social del deudor inicial
1252,05 Euros
FABOAL 2005, S.L.

Número 4.803/10

MINISTERIO

DE

TRABAJO

T ESORERÍA G ENERAL

DE L A

E

INMIGRACIÓN

S EGURIDAD S OCIAL

Dirección Provincial de Ávila Unidad de Impugnaciones
La Jefa de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ávila, de conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la Orden TIN/2076/2010, de 27 de julio, por la que se determina el ejercicio de las funciones en materia de actas de liquidación y de imposición de sanciones por infracciones de Seguridad Social en el ámbito de las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, en relación con el articulo 31.2 y 4 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto 1/1994 de 20 de junio, en su nueva redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, ha dictado con fecha 03/12/2010
resolución por la que se confirma y eleva a definitiva el Acta de Liquidación y se confirma la sanción que se identifican al pie.
Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de dicha resolución en el domicilio del sujeto responsable que consta en esta Entidad, por ausencia del mismo o por ignorar su actual paradero, de conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común BOE 27/11/92, se procede a su notificación mediante publicación, en extracto, en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente a su último domicilio conocido y en el correspondiente Boletín Oficial.
Para conocimiento de su contenido íntegro, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en las dependencias de esta Dirección Provincial, en la Avenida de Portugal, número 4 de Ávila código postal 05001.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 31/12/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha31/12/2010

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones3837

Primera edición04/01/2010

Ultima edición29/04/2025

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2010>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031