Modelo de Pedido de Acceso a Información Pública para la Provincia de Santa Fe, República Argentina

Para informes y consultas: Dirección Provincial de Anticorrupción y Transparencia del Sector Público -
Salta 2883 (CP 3000) - Ciudad de Santa Fe 0342-4572444 / Santa Fe 1950 (CP 2000) - Ciudad de Rosario 0341-4721788/71 - Email: diranticorrupcion@santafe.gov.ar

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Señores de la Dirección Provincial de Anticorrupción y Transparencia del Sector Público

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fé

De nuestra mayor consideración:

..........(nombre y apellido completo o razón social del solicitante, DNI y/o CUIT), con domicilio a todos los efectos del presente en ....., Provincia de ...., República Argentina, teléfono ..... y dirección de correo electrónico ....., tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes para solicitarles que por su intermedio se nos provea la siguiente información:

.....(detalle de la información que se solicita)....

Entendemos que la información requerida obra en poder de ....(detalle del organismo público de la Provincia de Santa Fe en el que obra la información solicitada)

Es oportuno mencionar que esta solicitud no es sino el ejercicio de nuestro derecho constitucional a buscar y recibir información, derecho que, vale recordar, está previsto por los arts. 14 de la Constitución Nacional según el cual toda persona tiene derecho a peticionar ante las autoridades, el art. 41 de la Constitución de la Nación Argentina (CN) que además de consagrar el derecho a un ambiente sano, formaliza la obligación de las autoridades de proveer la información ambiental, el artículo 13.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos donde se consagra el derecho a investigar y recibir informaciones (Constitución Nacional por el art. 75, inc.22. En igual sentido, el artículo XXIV de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, instrumento que tiene jerarquía constitucional (conf. art. 75,inc. 22, CN) reconoce expresamente que el pedido debe tener una "pronta resolución". Asimismo, la Constitución de la Provincia de Santa Fe establece en su artículo 1º que la presunción de publicidad de la actividad estatal es un aspecto fundamental del gobierno republicano.

En este mismo sentido, el Decreto Provincial 692/2009 que regula el mecanismo de Acceso a la Información Pública , reconoce en su artículo 8 que toda persona física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar, acceder y recibir información, no siendo necesario acreditar derecho subjetivo, interés legítimo, ni contar con patrocinio letrado.

Agradecemos el envío de la información en soporte electrónico a ....(dirección de correo electrónico para el envío de la información)

De no contar con archivos electrónicos, los suscriptos correremos con el costo del fotocopiado.

Quedando a la espera de vuestra oportuna respuesta, le saludamos muy atentamente.

(Firma de los solicitantes)

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