Certificado Catastral (Provincia de Buenos Aires)

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Contenido relacionado: Copia simple de Cédula Catastral, Ley de Catastro Pcia. Bs. As.

¿Qué es el Certificado Catastral?

La ley considera al certificado catastral como el instrumento básico del régimen de catastro.

El certificado catastral de un inmueble es la copia certiicada de su cédula catastral. Esta última es el documento que contiene los datos catastrales de la propiedad, tales como la información de mensura, linderos y superficie de la parcela, la nomenclatura catastral, el número de la partida del inmueble, el profesional actuante en la constitución del estado parcelario y la valuación fiscal - discriminando el valor de la tierra y el de las construcciones -.

El certificado catastral también aporta información propiamente jurídica (por ejemplo, quién es el titular del inmueble), aunque ésta puede no estar actualizada, debiendo consultarse para ello al Registro de la Propiedad Inmueble.

Este artículo se refiere al trámite de obtención del certificado catastral en la Provincia de Buenos Aires, que es el que se realiza sobre inmuebles ubicados en esta provincia.

¿Por qué se pide el Certificado Catastral?

De acuerdo a la Ley Provincial N° 10.707 de Catastro Territorial, antes de inscribirse derechos reales sobre un inmueble es obligatorio pedir el certiicado catastral. Así por ejemplo, en el marco de una compraventa de un inmueble, o de la inscripción de una declaratoria de herederos en una Sucesión, deberá obtenerse el certificado catastral.

Más específicamente, el artículo 50 de la ley citada dice:

Declárase obligatorio para los escribanos de Registros Públicos y para cualquier otro funcionario que autorice actos de transmisión, constitución, declaración o modificación de derechos reales sobre inmuebles ubicados en el territorio de la Provincia y sometidos a su jurisdicción, lo siguiente:

a) Requerir a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, antes del otorgamiento del acto, el certificado catastral correspondiente al inmueble, especificando la inscripción de su dominio vigente y la nomenclatura catastral o preexistente, así como los números de las partidas que le correspondan en los padrones del impuesto inmobiliario o en los establecidos por leyes especiales que correspondieren;

b) Transcribir en los instrumentos públicos el contenido de dicho certificado catastral, haciendo constar, la nomenclatura catastral, las observaciones, restricciones o aclaraciones que constaren y la descripción del inmueble según las constancias del mismo.

Requisitos / Documentación

Para que el certificado catastral sea expedido debe estar vigente el estado parcelario (es un informe confeccionado por agrimensor que inspecciona la propiedad y del que surgen los datos catastrales de la misma).

Los plazos de vigencia del estado parcelario son los siguientes:

- En parcelas baldias, 2 años.

- En parcelas edificadas, 6 años.

- En parcelas rurales, 12 años.

En el caso de subparcelas (Propiedad Horizontal) la cédula tiene una vigencia de 12 años siempre que el plano haya sido confeccionado a partir de 1993 inclusive. Si el plano es anterior a 1993, se debe realizar estado parcelario solamente en las UF de planta baja, subsuelos y en las de planta alta que posean superficie descubiertas como terrazas (no balcones).

Sin embargo, cuando se trata de la transmisión de derechos reales (compraventa, inscripción de declaratoria de herederos, etc.) siempre se requiere a los 3 años la llamada actualización (art. 8, Disposición 2010/1994), lo que implica un relevamiento de igual índole y tiempos de ejecución que un estado parcelario. Si se trata en cambio de la constitución de derechos reales (por ejemplo, la constitución de hipoteca), corresponderá la actualización cuando hubieren transcurridos doce (12) meses desde la fecha de registración de una constitución o verificación de subsistencia de Estado Parcelario anteriormente efectuada.

Costo del certificado catastral y formas de pago

Las tasas de servicios catastrales de ARBA para el año 2014 indican que el certificado catastral tiene un costo de $ 90 (noventa pesos).

Para realizar el pago se deben adquirir "creditos" a través del sitio web del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en la solapa Tasa Catastral. Allí se ingresa el importe, que dependerá de la cantidad de certificados a solicitar y teniendo en cuenta que el valor unitario es de $ 90).

Luego se genera un cupón con el cual se concurre a una sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires para realizar el pago.

Cómo se realiza el trámite

El trámite de obtención del certificado catastral en Provincia de Buenos Aires puede realizarse de estas maneras:

- Por internet mediante el Sistema Informático Catastral. El certificado se recibe en la dirección de email informada.

- A través de los Centros de Servicios Locales que tengan habilitada la Mesa de entrada de trámites presenciales de Catastro (MEP). Deberá concurrirse a la misma oficina para su retiro.

Quiénes pueden realizar el trámite

Están habilitados a presentar el trámite los Abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires, Escribanos y ciertos organismos públicos.

Cuánto demora la expedición del certificado catastral

El certificado se obtiene en un plazo estimativo de 7 dias hábiles, dependiendo de la cantidad de trámites que hayan ingresado.

De qué entidad depende

En la Provincia de Buenos Aires, el certificado catastral es expedido por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).

Teléfono: 0800-321-ARBA

Recursos en línea

Sistema Informático Catastral

Para ingresar al sistema se necesita tener la CIT (Clave de Identificación Tributaria). La CIT es un número de 6 dígitos que sirve para autenticar al Contribuyente de Impuesto Inmobiliario, Automotor e Ingresos Brutos, a los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y a los Agentes de Información, en todas aquellas operaciones on line con la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.

Diferencia entre copia de cédula catastral y certificado catastral

Este artículo es sobre la obtención del certificado catastral, que es una copia certificada de la cédula catastral. Sin embargo, ARBA también expide copias simples de cédulas catastrales. El certificado catastral tiene un costo mayor que la simple copia de la cédula y es el que obligatoriamente debe solicitarse por los escribanos y demás funcionarios (incluso los jueces) antes de autorizar actos de transmisión, constitución, declaración o modificación de derechos reales sobre inmuebles ubicados en el territorio de la Provincia.

Normas aplicables

Todo lo relacionado al Catastro Territorial en la Provincia de Buenos Aires está regulado por la Ley Provincial N° 10.707.

Quiénes pueden ser de ayuda en relación a este trámite

- Abogados matriculados en la Provincia de Buenos Aires

- Escribanos

- Agrimensores matriculados en la Provincia de Buenos Aires

- Consejo Profesional de Agrimensura de la Provincia de Buenos Aires

Sede Consejo Superior:
Calle 9 N° 595 - La Plata - Argentina
Teléfonos: (54)(0221) 422-4838 / 2374
E-Mail: consejo@cpa.org.ar
Sitio web:

Fuentes: Agencia de Recaudación de la Pcia. de Buenos Aires, Ley 10.707

(Sin asunto)

Buenos dias necesitaria saber como puedo obtener el certificado catastral provincial de buenos aires (pcia) muchas gracias

certificado catastral

Buenos días, soy marcelo de Villa Mercedes ( San Luis) y necesito realizar el tramite del certificado de Castro, como puedo hacer para que me lo envien, aguardo su respuesta.-

Muchas gracias.-

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mesura de vivienda para venta

que pasa cuando en casas del suburbano hay diferencias en las medianeras, 15 cm. desviada hacia una u otra propiedad lindera.?
hay que escriturar los 15 cm?
o estos son pequeños detalles que no cambian los metros construidos?

consulta estudio de agrimensura

hola
la escribana me dice que falta el estudio de agrimensura, (es un departamento de un piso superior, no es ni planta baja ni ultimo piso, y sin balcon), en costa atlantica,consulto, es obligatorio es obligatorio que la parte vendedora tenga que pagar para qu lo tramiten. espero pronta respuesta, ya que la escribana quiere retrasar la escritura dos semanas mas.- gracias

Plazo del estado parcelario

Hola, quería saber cuánto demora el trámite del estado parcelario aproximadamente.

Muchas gracias
Saludos,
Gilda

Certificado de Catastro

Buenos días, soy de Villa Mercedes ( San Luis) y necesito realizar el tramite del certificado de Castro, como puedo hacer para que me lo envien, aguardo su respuesta

Muchas gracias
Nelida

Certificado de Catastro

Buenos días, soy de Villa Mercedes ( San Luis) y necesito realizar el tramite del certificado de Castro, como puedo hacer para que me lo envien, aguardo su respuesta

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Nelida

Certificado de Catastro

Buenos días, soy de Villa Mercedes ( San Luis) y necesito realizar el tramite del certificado de Castro, como puedo hacer para que me lo envien, aguardo su respuesta

Muchas gracias
Nelida

Consulta

Es necesario para la compravena tener la cédula catastral y si no están los m2 totales es necesario que se actualicen o sino la cédula no se obtiene y no se puede escriturar. Consultó porque la mayoría de la gente dice que no es necesario para este trámite. Gracias

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