Quiero saber acerca de...
- España
ARTICULO 8.- Requisitos y procedimientos de admisión. 1.- Las personas naturales, que deseen ser socios consumidores deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Ser mayores de edad, o disponer de la correspondiente autorización legal. b) Solicitar la admisión mediante instancia dirigida al ARTICULO 9.- Decisión sobre la admisión. 1.- La solicitud de admisión de nuevos socios consumidores será dirigida por escrito al Consejo Rector, quien, en un plazo máximo de dos meses desde el recibo de la m
T 10622, L 7903, F 44, S 8, H V 58748, I/A 78 (27.07.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 147 del Martes 3 de Agosto de 2021. Empresarios, Empresarios.