Quiero saber acerca de...
- España
a) La adquisición, tenencia, disfrute, arrendamiento, excepto el arrendamiento financiero, administración general, gestión y disposición por cualquier título de toda clase de bienes inmuebles, especialmente la promoción, urbanización, parcelación, construcción y aprovechamiento, así como edificacion.
T 1197 , F 141, S 8, H L 23815, I/A 10 ( 1.09.20).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 180 del Miércoles 16 de Septiembre de 2020. Empresarios, Empresarios.