BUHLER, S.A.

Reducción del capital social.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se comunica que el accionista único de BUHLER, S.A. (la "Sociedad") ha adoptado, con fecha 30 de junio de 2015, las siguientes decisiones con la finalidad de reducir el capital social de la Sociedad:

1. Aplicación de reservas

El Accionista Único ha decidido aplicar:

(a) la partida "Reservas voluntarias" del Balance de Situación cerrado a 31 de diciembre de 2014 y aprobado por el accionista único de la Sociedad con fecha 30 de junio de 2015, la cual asciende a cinco millones trescientos sesenta y ocho mil ochocientos trece euros y veintidós céntimos de euro (5.368.813,22 euros),

(b) la partida "Reserva de revalorización" del Balance de Situación cerrado a 31 de diciembre de 2014 y aprobado por el accionista único de la Sociedad con fecha 30 de junio de 2015, la cual asciende a dos millones treinta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis euros y cincuenta y un céntimos de euro (2.031.456,51 euros), y

(c) la partida "Reserva legal" del Balance de Situación cerrado a 31 de diciembre de 2014 y aprobado por el accionista único de la Sociedad con fecha 30 de junio de 2015, la cual asciende a cuatrocientos treinta y cinco mil ciento treinta y dos euros y setenta y seis céntimos de euro (435.132,76 euros).

a la compensación total de los resultados negativos de ejercicios anteriores y a la compensación parcial del resultado del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2014, el cual se refleja en las correspondientes cuentas anuales aprobadas por el accionista único de la Sociedad con fecha 30 de junio de 2015.

Realizada la compensación anterior, el resultado del ejercicio ha quedado reducido a un importe negativo de un millón cuatrocientos treinta y ocho mil setenta y seis euros y diecinueve céntimos de euro (1.438.076,19 euros).

2. Primera reducción de capital

El Accionista Único ha decidido reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial disminuido por consecuencia de pérdidas acumuladas (la "Primera Reducción de Capital"), conforme a los siguientes términos y condiciones:

(i) Balance: la Primera Reducción de Capital se lleva a cabo sobre la base del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2014, esto es, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de adopción de la decisión de reducción de capital por parte del accionista único de la Sociedad, formulado por el Consejo de Administración en fecha 26 de junio de 2015, verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad, conforme a su informe de fecha 29 de junio de 2015, y aprobado por el Accionista Único con fecha 30 de junio de 2015.

(ii) Cuantía de la Primera Reducción de Capital: el capital social de la Sociedad se reduce en la cantidad de un millón cuatroscientos treinta y ocho mil doscientos veintiún euros y novecientos sesenta y cinco mil setecientas noventa millonésimas de euro (1.438.221,965790 euros), desde la cifra actual de dos millones ciento setenta y cinco mil seiscientos sesenta y tres euros y ochocientas diecisiete mil ochocientas sesenta y nueve millonésimas de euro (2.175.663,817869 euros) hasta la cifra de setecientos treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta y un euros y ochocientas cincuenta y dos mil setenta y nueve millonésimas de euro (737.441,852079 euros).

(iii) Finalidad de la Primera Reducción de Capital: la Primera Reducción de Capital tiene por finalidad restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, disminuido como consecuencia de las pérdidas acumuladas.

Se hace constar que el excedente del activo sobre el pasivo, una vez efectuada la Primera Reducción de Capital, el cual asciende al importe de ciento cuarenta y cinco euros y setenta y siete mil quinientas setenta y nueve cienmilésimas de euro (145,77579 euros), se atribuye a la reserva legal.

(iv) Procedimiento de la Primera Reducción de Capital: la Primera Reducción de Capital se lleva a cabo mediante la amortización, sin devolución de aportaciones, de 9.572 acciones de la segunda serie, numeradas de la 4.309 a la 13.880, ambas inclusive, de ciento cincuenta euros y doscientas cincuenta y tres mil veintiséis millonésimas de euro (150,253026 euros) de valor nominal cada una de ellas.

(v) Plazo de ejecución:

Se hace constar que los acreedores de la Sociedad no tendrán derecho de oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital.

En consecuencia, la Primera Reducción de Capital queda completada.

3. Segunda reducción de capital

El Accionista Único ha decidido reducir el capital social de la Sociedad con la finalidad de dotar la reserva legal y una reserva voluntaria (la "Segunda Reducción de Capital"), conforme a los siguientes términos y condiciones:

(i) Balance: la Segunda Reducción de Capital se lleva a cabo sobre la base del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2014, esto es, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de adopción de la decisión de reducción de capital por parte del accionista único de la Sociedad, formulado por el Consejo de Administración en fecha 26 de junio de 2015, verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad, conforme a su informe de fecha 29 de junio de 2015, y aprobado por el Accionista Único con fecha 30 de junio de 2015.

(ii) Cuantía de la Segunda Reducción de Capital: el capital social de la Sociedad se reduce en la cantidad de seiscientos setenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y un euros y ochocientas cincuenta y dos mil setenta y nueve millonésimas de euro (677.441,852079 euros), desde la cifra de setecientos treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta y un euros y ochocientas cincuenta y dos mil setenta y nueve millonésimas de euro (737.441,852079 euros) hasta la cifra de sesenta mil euros (60.000 euros).

(iii) Finalidad de la Segunda Reducción de Capital: la Segunda Reducción de Capital tiene por finalidad dotar:

(a) la reserva legal, por importe de once mil ochocientos cincuenta y cuatro euros y doscientas veinticuatro mil doscientas diez millonésimas de euro (11.854,224210 euros), hasta alcanzar el 20% de la cifra de capital social resultante de la Segunda Reducción de Capital.

(b) una reserva voluntaria de libre disposición, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, por importe de seiscientos sesenta y cinco mil quinientos ochenta y siete euros y seiscientas veintisiete mil ochocientas sesenta y nueve millonésimas de euro (665.587,627869 euros).

(iv) Procedimiento de la Segunda Reducción de Capital: la Segunda Reducción de Capital se lleva a cabo mediante:

(a) la amortización, sin devolución de aportaciones, de 4.308 acciones de la segunda serie, numeradas de la 1 a la 4.308, ambas inclusive, de ciento cincuenta euros y doscientas cincuenta y tres mil veintiséis millonésimas de euro (150,253026 euros) de valor nominal cada una de ellas, y

(b) la disminución del valor nominal individual de las 3.000 acciones de la primera serie, en la cuantía de diez euros y cincuenta mil seiscientas cinco millonésimas de euro (10,050605 euros), las cuales, a partir de la ejecución de la Segunda Reducción de Capital, tendrán un valor nominal individual de veinte euros (20 euros).

(v) Plazo de ejecución:

Se hace constar que los acreedores de la Sociedad no tendrán derecho de oposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital.

En consecuencia, la Segunda Reducción de Capital queda completada.

La Primera Reducción de Capital y la Segunda Reducción de Capital serán denominadas, conjuntamente, las "Reducciones de Capital".

4. Paridad de trato

Toda vez que la totalidad del capital social es titularidad del Accionista Único y, teniendo en cuenta la existencia de dos series de acciones distintas, el Accionista Único ha decidido que las Reducciones de Capital no afecten por igual a todas las acciones y que, como resultado de ellas, sobreviva una única serie de acciones.

5. Modificación del artículo 5 de los estatutos sociales

Como consecuencia de las Reducciones de Capital, el artículo 5 de los Estatutos Sociales ha quedado modificado, siendo su tenor literal, en adelante, el siguiente:

"Artículo 5.- Capital Social.

El capital social se fija en la cifra de sesenta mil euros (60.000 euros) y está representado por 3.000 acciones al portador, de veinte euros (20 euros) de valor nominal cada una de ellas.

Las acciones están suscritas y desembolsadas en su totalidad y otorgan los mismos derechos y obligaciones."

En Pinto (Madrid), 1 de julio de 2015.- El Secretario del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 136 del Martes 21 de Julio de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Reducción De Capital.

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