Quiero saber acerca de...
- España
T 731 , F 203, S 8, H VA 8829, I/A 7 ( 9.12.14).
Artículo 22º. SISTEMA DE RETRIBUCION. El cargo de Administrador será retribuido mediante una cantidad fija que establecerá anualmente la Junta General para el conjunto de todos ellos. La propia Junta General distribuirá entre los miembros del Organo de Administración dicha cantidad fija anual en la.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 239 del Martes 16 de Diciembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.