Quiero saber acerca de...
- España
T 2868 , F 222, S 8, H Z 7233, I/A 24 (27.11.14).
"Artículo 17.- La Junta General Ordinaria, previamente convocada, se reunirá al menos una vez al año, dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar, en su caso, las cuentas y balance del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación de resultados.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 233 del Viernes 5 de Diciembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.