CONSTRUCTORA SAYAGUESA SL

Datos registrales

T 86 , F 15, S 8, H ZA 437, I/A 4 (22.10.14).

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 20º.- El cargo de Administrador tendrá carácter RETRIBUIDO. La retribución de los administradores será fijada para cada ejercicio por acuerdo de la Junta General. Esta remuneración consistirá en sueldos y salarios, y en ningún caso la remuneración anual superará el cuádruplo del salario.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 207 del Miércoles 29 de Octubre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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