LA GRAJERA SL

Modificaciones estatutarias

ARTICULO 18.- El cargo de Administrador será retribuido. 1.- La retribución consiste en una cantidad dineraria fija anual, que, como remuneración por ejercicio del cargo, establecerá cada ejercicio la Junta General.

Datos registrales

T 293 , F 105, S 8, H LO 1949, I/A 5 (22.08.14).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 164 del Viernes 29 de Agosto de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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