Quiero saber acerca de...
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"ARTICULO 22º. DEL ORGANO DE ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD, SU RETRIBUCION Y DURACION. La representación y administración de la sociedad corresponde al órgano de administración en la forma determinada por la Ley por los estatutos. El cargo de administrador será retribuido. La retribución no tiene.
T 3045, L 361, F 30, S 8, H V 5189, I/A 27 ( 3.07.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 129 del Jueves 10 de Julio de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.