FERNANDO CORRAL E HIJOS SL

Modificaciones estatutarias

"Artículo 25.- Para ser nombrado administrador no se requiere la cualidad de socio. El cargo de administrador será retribuido. La retribución consiste en una cantidad fija anual de setenta y dos mil euros por administrador. Cualquier socio podrá prestar su trabajo personal a la sociedad como.

Datos registrales

T 67 , F 95, S 8, H SA 2039, I/A 12 ( 2.01.14).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 9 del Miércoles 15 de Enero de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.

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