ANTONIO ROLDAN RIVERO SL

Modificaciones estatutarias

"Artículo ocho. Organo de administración. La gestión y representación de la sociedad puede corresponder a un administrador único, que actuará solo; o bien a dos administradores solidarios, que podrán actuar separadamente; o bien a dos administradores mancomunados, que deberán actuar conjuntamente.

Datos registrales

T 1730 , F 31, S 8, H CA 29310, I/A 3 (11.12.13).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 243 del Viernes 20 de Diciembre de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.

Empresas relacionadas con este anuncio