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14. Retribución.- El administrador desempeñará su cargo de forma gratuita..
T 778, L 605, F 106, S 8, H CC 10482, I/A 4 (26.02.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 46 del Jueves 7 de Marzo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.