Quiero saber acerca de...
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"Artículo 16º.- Duración del cargo de Administrador. Los administradores ejercerán su cargo por tiempo indefinido, pudiendo ser separados de su cargo en cualquier momento por acuerdo de la Junta General tomado con las mayorías legalmente establecidas. El cargo de Administrador será retribuido. La.
C/ DOCTOR CASAS, 20 - 1º DUPLICADO ZITY CENTRO DE (ZARAGOZA).
T 2391 , F 202, S 8, H Z 5434, I/A 12 (31.01.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 29 del Martes 12 de Febrero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.