Quiero saber acerca de...
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27. El cargo de administrador será retribuido. Los administradores tendrán como retribución la cantidad fija que, en cada caso, les señale la Junta General..
T 2395 , F 108, S 8, H PM 64418, I/A 3 (20.12.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 249 del Lunes 31 de Diciembre de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.