ESTUDIO CF S.A. - 28/01/2011

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Rectifica Edicto 30/9/10 TI115509/11. Por observación I.G.J. modifica:

5) Unico objeto proveer a sus socios de la estructura material y empresarial necesaria para que los mismos, por sí o por 3ros, también profesionales, en forma coordinada o individual puedan ejercer, las incumbencias profesionales que autoriza la normativa vigente para los graduados en arquitectura, que les son propias por su título universitario habilitante.

La sociedad actuara según la respectiva incumbencia profesional, bajo la actuación, responsabilidad y firma de cualquiera de los socios conforme las respectivas normas legales y reglamentarias que rigen la materia, en función de la incumbencia del firmante.

La sociedad solamente podrá ofrecer servicios profesionales propios de los graduados en arquitectura que se encuentren matriculados en el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo de CABA. Se excluye de la limitación de la responsabilidad de los socios, derivado del tipos social, toda obligación o responsabilidad asumida por los mismos con motivo del ejercicio de la profesión de edificios propios como ajenos.

8) Se agrega: Deberán revestir el carácter de matriculados en el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo.

Autorizada esc. 376 del 10/9/2010. Abogada – María Susana Carabba e. 28/01/2011 Nº 9968/11 v. 28/01/2011

Edicto publicado en la página 2 del Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 28 de Enero de 2011

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