LANIN MEDIA S.A. - 10/11/2010

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Por Reunión de Directorio y Asamblea Extraordinaria del 1.10.10, elevada a escritura pública Nº 1029, Escribano Ricardo M. Bello, Registro 283, CABA, se resolvió por unanimidad:

i) Aceptar la renuncia de Marcos Alfredo Jasin a su cargo de Director suplente; ii) Designar a Gustavo Angel Bernardini como director suplente hasta completar el plazo, quien constituye domicilio especial en Lanin 78, CABA; iii) reformar el Artículo Tercero del estatuto social, como sigue: “La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros en cualquier parte de la república o el extranjero: A) la fabricación de equipos de electrónica, electromecánicos, de electromedicina, protección catódica, captura procesamiento de datos, software a medida, conversores para sistemas de generación de energías convencionales y no convencionales, automatismos industriales de todo tipo, su repuestos, partes componentes y sus correspondientes anexos y derivados, para que dicha tecnología pueda ser aplicada en la construcción, demolición, excavación, reparación, remodelamiento y restauración de edificios, puentes, viales, estructuras de todo tipo incluso obras civiles, hidráulicas, eléctricas, conductos para líquidos y gases, de carácter público o privado, obras de edificación y urbanismo, incluso viviendas de interés social; aeropuertos; obras de arquitectura; obras portuarias; obras de hidráulicas; obras civiles; sanitarias e instalaciones mineras; instalaciones y construcciones industriales; obras de almacenaje y distribución de combustible; en general, todas aquellas construcciones que se ejecuten en el área de obras públicas, de la vivienda, de la minería y de la industria; instalaciones de protección catódica, integridad estructural en gasoductos, oleoductos plantas industriales, tanques de almacenamiento, redes de distribución de gas, hidrocarburos u otros fluidos, pudiendo efectuar los análisis previos, estudio de campo, diseño, proyecto, y cualquier otro tipo de investigaciones que correspondan, para la implementación de los equipos mencionados al inicio.

B) La Compra, venta, arrendamiento, leasing, consignación, permuta, cesión, representación explotación, distribución, importación, exportación, participación en licitaciones –ya sean públicas o privadas– y cualquier otra forma de negociación comercial de lo reseñado en el punto A)”. Autorizado, escritura número 1029 del 1.10.10. Abogado/Autorizado - Marcos Marcelo Mulassi Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Fecha: 05/11/2010. Tomo: 88. Folio: 240. e. 10/11/2010 Nº 135906/10 v. 10/11/2010

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Miércoles 10 de Noviembre de 2010

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