CESVI ARGENTINA S.A. - 05/08/2005

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Nº IGJ 1.604.971, comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 3/06/05, la sociedad modificó el Artículo 5º del estatuto social, adaptándolo a la Resolución General Nº 20/04 de la Inspección General de Justicia.

“Artículo 5º Directorio (...) 5.6. En garantía de sus funciones los titulares deberán efectuar un depósito en moneda nacional o extranjera, bonos o títulos públicos en las condiciones que establezca la reglamentación de los Organismos de Control, o presentar una fianza o aval bancario o seguro de caución o de responsabilidad civil; todo lo anterior por la suma de Pesos Diez Mil ($ 10.000.-). Dicho importe se adecuará a la suma mínima que en cada oportunidad establezcan los Organismos de Control.”La que suscribe, en su carácter de autorizada, según consta en el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria Nº 17 del 3/06/05. Autorizada - María Forte Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.Fecha:02/08/05.Tomo: 85. Folio: 652. Nº 44.059

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 5 de Agosto de 2005

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