Cómo puede ayudarte el Archivo General de la Administración en tu búsqueda genealógica

Existen seis archivos nacionales en España. De ellos, el Archivo General de la Administración (AGA) es el que conserva documentos más recientes, fundamentalmente del siglo xx y principalmente sobre su segunda mitad.

Está considerado el tercer archivo del mundo en lo que a volumen de documentación se refiere (lo superan los Archivos Federales de Washington y la Cité des Archives de Fontenebleau) y su consulta es obligada para obtener cualquier antecedente sobre la arquitectura, el urbanismo, las obras públicas, la educación, la cultura, el turismo, la economía, la hacienda, la justicia, etc... En la etapa contemporánea, ya que recibe periódicamente los documentos en los que se plasma la actividad de los diferentes organismos de la Administración General del Estado cuando ya no son necesarios para la gestión diaria de las oficinas.

El Archivo General de la Administración fue establecido mediante Decreto 914/1969 de 8 de mayo, norma ésta de la época franquista y que configuró de forma definitiva el sistema de archivos de la Administración pública española.

Los fondos custodiados por el Archivo han sido producidos en su mayor parte por la actividad de los organismos públicos en el ámbito de la Administración Central. Hay un volumen importante de documentación procedente de organismos de la Administración Central Periférica, así como de la Administración Española en el norte de África y los documentos producidos por las instituciones político-administrativas del periodo 1939-1975. Destacan por sus características los fondos producidos por la actividad de los órganos del Poder Judicial, por la Administración Consultiva, Institucional y Corporativa, así como los producidos por la actividad de sociedades estatales y empresas mixtas. Merecen especial atención sus fondos fotográficos y cartográficos.

El AGA incluye varias colecciones que se pueden consultar en línea, a través de "visitas virtuales", como por ejemplo el Archivo Fotográfico de la Delegación de Propaganda de Madrid durante la Guerra Civil.

Para la búsqueda de nuestra genealogía familiar, es especialmente relevante la cantidad de información existente en el Archivo proveniente del Poder Judicial, especialmente de los Juzgados localizados en la ciudad de Madrid, entre ellos:

- Juzgado Especial de Intrucción de Vagos y Maleantes de Madrid

- Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid

- Magistraturas de Trabajo de Madrid

- Juzgados Municipales de Madrid

- Juzgado de Primera Instancia de Madrid

- Juzgados Centrales de Instrucción

¿Es de consulta pública la información en el Archivo?

El principio general es que toda la documentación obrante en el Archivo General de la Administración, así como en los demás archivos históricos de España, es de libre acceso y consulta pública. Sin embargo, se preveen las siguientes excepciones:

- Documentación afectada por la legislación vigente en materia de acceso (artículo 57, Ley 16/85 del Patrimonio Histórico Español).

- Documentación en mal estado de conservación o restauración (artículo 62, Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español).

- Documentación en proceso de organización.

- Fondos especiales (pergaminos, placas de vidrio, etc.).

Sin embargo, en los tres últimos supuestos se puede obtener autorización de la dirección del Archivo.

El artículo 57 de la Ley 16/85, que regula la accesibilidad a los archivos documentales, expresa:

1. La consulta de los documentos constitutivos del Patrimonio Documental Español a que se refiere el artículo 49.2 se atendrá a las siguientes reglas:

a) Con carácter general, tales documentos, concluida su tramitación y depositados y registrados en los Archivos centrales de las correspondientes entidades de Derecho Público, conforme a las normas que se establezcan por vía reglamentaria, serán de libre consulta a no ser que afecten a materias clasificadas de acuerdo con la Ley de Secretos Oficiales o no deban ser públicamente conocidos por disposición expresa de la Ley, o que la difusión de su contenido pueda entrañar riesgos para la seguridad y la defensa del
Estado o la averiguación de delitos.

b) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cabrá solicitar autorización administrativa para tener acceso a los documentos excluidos de consulta pública. Dicha autorización podrá ser concedida, en los casos de documentos secretos o reservados, por la Autoridad que hizo la respectiva declaración, y en los demás casos, por el Jefe del Departamento encargado de su custodia.

c) Los documentos que contengan datos personales de carácter policial, procesal, clínico o de cualquier otra índole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de veinticinco años desde su muerte, si su fecha es
conocida o, en otro caso, de cincuenta años, a partir de la fecha de los documentos.

2. Reglamentariamente se establecerán las condiciones para la realización de la consulta de los documentos a que se refiere este artículo, así como para la obtención de reproducciones de los mismos.

El límite de los 25 o 50 años, significa que por ejemplo, en este año 2013 se podrán consultar libremente los documentos datados hasta 1.963, pues ya transcurrieron los cincuenta años que para dicha consulta libre exige la Ley de Patrimonio Histórico desde que ocurrieran los hechos determinantes de su otorgamiento; y los posteriores a 1.963 sólo podrán consultarse si han transcurrido veinticinco años desde la muerte del causante o afectado por el documento, o bien si se dispone del consentimiento expreso del afectado para efectuar la consulta.

Registros en el Archivo General de la Administración relativos a la represión franquista, sus víctimas y exiliados

Entre los fondos que se conservan en el Archivo General de la Administración, cabe distinguir los fondos y series documentales destinados a la represión interna y el posterior control de los ciudadanos no afectos al régimen franquista y los fondos y series documentales sobre el control y vigilancia de los exiliados como consecuencia de la Guerra Civil y del régimen franquista.

Los organismos documentales de control y represión de la oposición interna pueden clasificarse de la siguiente manera:

a) Organismos de Control de la Administración: A raíz de la Guerra Civil se crearon distintos órganos de depuración en todos los Departamentos Ministeriales. El ciudadano puede obtener datos de la separación de la función pública a través de las Series Documentales de Responsabilidades Políticas y de Expedientes de Depuración, archivo que posee los expedientes de depuración de funcionarios de Ministerios, si bien los correspondientes al Ministerio de Justicia están distribuidos entre este Archivo y el Histórico Nacional.

b) Organismos de Control y Represión Judicial: en este ámbito caben diversas jurisdicciones especiales que desaparecieron durante la Transición, como el Tribunal de Responsabilidades Políticas, el Tribunal de Orden Público (TOP), los Juzgados de Orden Público, etc. En el Archivo General de la Administración se conserva la documentación del Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas, así como la documentación de las extinguidas Secretaría General del Movimiento, Organización Sindical, Ministerio de Información y Turismo, de la Administración de Justicia, y del Fondo de Regiones Devastadas, así como un gran fondo fotográfico. El Archivo custodia los procedimientos seguidos ante el Tribunal de Orden Público, si bien no todos, dado que el Archivo de la Guerra Civil de Salamanca guarda también parte de esos fondos judiciales. A estos tribunales habría que añadir la documentación procedente de la jurisdicción de Vagos y Maleantes, donde se derivó la represión por motivos sociales (e incluso étnicos – caso de la población gitana) y no meramente políticos, como homosexualidad, conducta deshonesta, embarazos, abortos, etc. Por último se encuentra el Fichero de Penados y Rebeldes, ya utilizado en previas indemnizaciones por privación de libertad ocurrida durante el Régimen Franquista.

c) Organismos Jurisdiccionales: se conserva en el Archivo General de la Administración la documentación de los Tribunales de Primera Instancia e Instrucción y Municipales de la Provincia de Madrid, donde obran expedientes referidos al no reconocimiento después de la Guerra Civil de resoluciones judiciales en materia de derechos y libertades, anuladas
posteriormente (entre otras, las sentencias firmes de divorcio dictadas durante el período republicano).

Entre los fondos y series documentales del control del exilio hay que destacar los de los Órganos Diplomáticos y Consulares del Servicio Exterior: Durante los años 1936 a 1939 existió una duplicidad de representaciones diplomáticas de los Gobiernos republicano y franquista ante los distintos gobiernos exteriores. En la documentación de estas fechas es frecuente la aparición de informes, expedientes y listados de personas que podrían ser utilizados por los ciudadanos para el reconocimiento de la situación de exilio derivado de situaciones de fuerza
mayor, como evasión de condenas o de retirada de la nacionalidad y el pasaporte español.

Fundamentalmente son relevantes en este sentido los fondos documentales de las representaciones diplomáticas en Francia, Gran Bretaña, Estados Unidos, Bélgica, Suiza y todas las representaciones diplomáticas en el ámbito iberoamericano, conteniendo la Embajada de España en México toda la documentación de las representaciones diplomáticas del Gobierno de la República en el exilio.

También los Organismos Institucionales del Régimen Franquista (Organización Sindical, Movimiento, Sección Femenina y Auxilio Social) contienen fondos relevantes sobre posible vigilancia de ciudadanos españoles, en España y en el exilio. Es el caso de:

- La Organización Sindical, donde se encuentra la documentación de los niños exiliados en Rusia y otros países, su repatriación, residencia y asignación de puestos de trabajo;

- El Auxilio Social: existe documentación sobre la intervención de este organismo en la ayuda de los niños huérfanos, comedores sociales, atención ciudadana, en algunos casos como consecuencia directa de las secuelas de la Guerra Civil o de la represión posterior.

El Archivo General de la Administración ha realizado ya bases de datos específicas en materia de:

- Repatriación de Exiliados del Ministerio de Defensa.

- Expedientes de Depuración de Maestros.

Actualmente el Archivo General de la Administración está llevando a cabo trabajos sobre:

- El fondo documental del Servicio Exterior del Movimiento: se está realizando la base de datos de “Repatriación de Menores”.

- Fondos judiciales: se está realizando una base de datos sobre el Tribunal y Juzgados de Orden Público y los Tribunales de Responsabilidades Políticas.

A su vez, en los fondos documentales tratados por el Archivo Central del Ministerio de Educación y Ciencia se está realizando una base de datos con la digitalización de los expedientes de depuración de profesores y catedráticos de universidad e instituto. Este proyecto no se ha concluido todavía, sin que exista por el momento previsión acerca de su finalización.

A través de los propios instrumentos de descripción y bases de datos actuales se puede acceder a las series documentales y expedientes que sobre esta materia pueden proporcionar los fondos documentales de embajadas y consulados del Servicio exterior del Estado, que necesitarían sin embargo de informatización detallada, porque en los mismos aparecen relaciones de pasaportes, listas de personas con destino a batallones de trabajadores en
Alemania durante la Segunda Guerra Mundial, etc.

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