Periódico Oficial de Puebla del día 07/12/2018 - Primera Sección

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Primera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 7 de diciembre de 2018

que se le hizo mediante Decreto de quince de marzo de dos mil dieciocho, esta Autoridad tiene por no exhibido ningún medio probatorio anexo al Recurso de Revocación entendiéndose con ello que las pruebas a las que hace alusión en su escrito visible en la última foja corresponden a la presentadas en la audiencia de pruebas y alegatos efectuada dentro del expediente P.A. 39/2009; b que le fue notificado al promovente el acto que recurre, diecisiete de enero de dos mil diecisiete, como se advierte del documento denominado cédula de notificación personal que consta en el expediente P.A. 39/2009; asimismo, se desprende que dicho recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto en el artículo 73 de la Ley en cita.------------------------------------------------------------------------------------------Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 3, fracción I, 37, 48, 73, 74, fracción I, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 31 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla, aplicado con fundamento en el artículo sexto transitorio del Decreto de H. Congreso del Estado, por el que se adiciona el mismo al diverso que expide el Código de Procedimientos Penales del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el treinta de diciembre de dos mil trece y tercero transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de marzo de dos mil catorce; 1, 15, 18, 20, 74, fracción III, 102, 108, 109, 134, 135, 147, 151, 152 y 191, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 104, 120, fracción II, 145 y 148
del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: ---------------------------------------------------------------

DECRETA
PRIMERO.- Se admite el Recurso de Revocación presentado por el C. Román Miguel Rodríguez Cayetano, quien fungiera como Presidente Municipal de Xochiltepec, Puebla, administración 2005-2008, respecto del periodo fiscalizado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil ocho, en contra de la resolución contenida dentro del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Congreso del Estado de Puebla, el nueve de noviembre de dos mil dieciséis, correspondiente del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 39/2009. -------------------------------------------------------------------SEGUNDO.- Respecto de las pruebas se está a lo señalado por esta autoridad en el Considerando V del presente. --TERCERO.- Remítase el presente Decreto, a la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que, por conducto del área correspondiente notifique al involucrado, para los efectos legales a que haya lugar.------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.
Diputado Presidente. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. JOSÉ
GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA. Rúbrica. Diputada Secretaria. SILVIA TANÚS OSORIO. Rúbrica.
Diputado Secretario. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los tres días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno.
C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 07/12/2018 - Primera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

CountryMexico

Date07/12/2018

Page count8

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First edition20/07/2015

Last issue06/02/2024

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