Periódico Oficial del Estado de México del día 19/12/2018 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

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19 de diciembre de 2018

COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS
DEL ESTADO DE MÉXICO
Acuerdo del Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, por el que se establece el Calendario Oficial del Organismo para el año 2019.
CONSIDERANDO
I.

Que la Comisión de Derechos Humanos es un Organismo público autónomo orientado a la promoción de la cultura de los derechos humanos, a prevenir y atender violaciones a los derechos humanos de quienes habitan o transitan por el Estado de México para salvaguardar su dignidad, brindando productos con calidad y calidez.

II.

Que el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece los días de descanso obligatorio.

III.

Que conforme a los artículos 66 y 70 primer párrafo de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, anualmente, los titulares de las instituciones públicas o dependencias, facultados para ello, darán a conocer el calendario oficial de días de descanso obligatorios y de vacaciones.

IV.

Que de conformidad con el artículo 28 fracciones VI y VII de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, el Presidente del Organismo cuenta con las facultades de proveer, en el ámbito administrativo, lo necesario para el desarrollo de las funciones y dictar los acuerdos y las medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las atribuciones de la Comisión.

V.

Que el Manual General de Organización de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, establece que, entre otras funciones, corresponde a la Presidencia establecer los lineamientos generales, planes y programas a los que se sujetarán las actividades administrativas del Organismo; nombrar, dirigir y coordinar las funciones del personal bajo su dirección; así como dictar medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones de esta Defensoría de Habitantes.

VI.

Que las Condiciones Generales de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México en su artículo 42
disponen que son días de descanso obligatorio para los servidores públicos, los establecidos en el Calendario Oficial emitido por la misma, el cual se publicará en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.

VII.

Que con base en lo anterior, se considera necesario establecer el Calendario Oficial del Organismo para el año 2019, conforme a lo siguiente:

PRIMERO. Se establece el Calendario Oficial para el año 2019, considerándose días no laborables los descritos a continuación:
1 de enero 4 de febrero 5 de febrero 2 de marzo 18 de marzo 15 al 19 de abril 1 de mayo 5 de mayo 15 al 26 de julio 16 de septiembre 1 de noviembre 2 de noviembre 18 de noviembre 18 de diciembre 25 de diciembre 19 de diciembre de 2019 al 03 de enero de 2020

Suspensión oficial En conmemoración del 5 de febrero Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Suspensión programada por sucesión de días inhábiles, a cuenta del Aniversario de creación de este Organismo Aniversario de la Fundación del Estado de México En conmemoración del 21 de marzo Natalicio del Licenciado Benito Juárez García Suspensión programada Día del Trabajo Aniversario de la Batalla de Puebla Primer periodo vacacional Aniversario de la iniciación de la guerra de independencia Suspensión programada por sucesión de días inhábiles Suspensión programada En conmemoración del 20 de noviembre Aniversario de la iniciación de la Revolución Mexicana Suspensión programada por sucesión de días inhábiles Suspensión oficial Segundo periodo vacacional
SEGUNDO. Este calendario será aplicado al personal que labora en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, con excepción de los Abogados de Guardia, quienes por la naturaleza de sus funciones prestan servicios las 24 horas del día, durante los 365
días del año.
TERCERO. Se instruye a la Unidad Jurídica y Consultiva de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, para que realice los trámites necesarios a efecto de que se publique este acuerdo, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y en la Gaceta de Derechos Humanos, órgano informativo del Organismo.
TRANSITORIOS
Único. El presente Acuerdo entrará en vigor y surtirá sus efectos a partir del primero de enero del año 2019.
Emitido en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, el siete de diciembre de dos mil dieciocho, para su cumplimiento.
Dr. en D. Jorge Olvera García Presidente Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 19/12/2018 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date19/12/2018

Page count2

Edition count3227

First edition05/01/2000

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