Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/12/2021

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala

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Periódico Oficial No. 52 Primera Sección, Diciembre 29 del 2021

MAXIMINO HERNÁNDEZ PULIDO, ENCARGADO DE DESPACHO DE LA COMISIÓN ESTATAL DE
SEGURIDAD, DE CONFORMIDAD CON LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 67
PÁRRAFO PRIMERO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
TLAXCALA; 2, 14 INCISO A FRACCIÓN III Y 17 FRACCIÓN XXVI DE LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA
DEL ESTADO DE TLAXCALA Y SUS MUNICIPIOS, Y EL ACUERDO DESPACHO/SEGOB/009/21, DICTADO
POR LA LICENCIADA LORENA CUÉLLAR CISNEROS, GOBERNADORA DEL ESTADO DE TLAXCALA, Y

CONSIDERANDO
El artículo 21 párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, prevé que: La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia. La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala.
La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos señala que la Secretaría de la Defensa Nacional es la dependencia facultada para la expedición de licencias colectivas a las Instituciones Policiales, mismas que sólo se solicitarán para aquellas personas que integren su organización operativa y que figuren en las nóminas de pago respectivas. Las autoridades competentes resolverán dentro de los sesenta días siguientes a la presentación de la solicitud ante la Secretaría de Gobernación y las personas titulares de las instituciones policiales, expedirán a su personal operativo inscrito en el registro que establezca la ley de la materia, credenciales foliadas de identificación personal por lapsos semestrales, las cuales, durante su vigencia, se asimilarán a licencias individuales.
Para el ejercicio de la función de seguridad pública, la Gobernadora del Estado de Tlaxcala, se auxilia de las personas servidoras públicas, de mandos medios, personal de apoyo, personas técnicas y personal empleado que es necesario para el cumplimiento de sus atribuciones, en virtud que, dicha función se lleva a cabo a través de la Secretaría de Gobierno, quien se auxiliará, para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad pública, del Comisionado Estatal de Seguridad, lo anterior en observancia a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, publicada el seis de septiembre de dos mil veintiuno en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, y en cumplimiento al Acuerdo DESPACHO/SEGOB/009/21, dictado por la Licenciada Lorena Cuéllar Cisneros, Gobernadora del Estado de Tlaxcala, por el cual delega las facultades en materia de seguridad pública que tiene conferidas el Secretario de Gobierno, señaladas en las fracciones XXIV a la XXXIX del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, al Comisionado Estatal de Seguridad, para que en el ámbito de sus atribuciones las ejecute de manera directa.
La Comisión Estatal de Seguridad, anteriormente Secretaría de Seguridad Ciudadana, a la fecha tiene la Titularidad de la Licencia Oficial Colectiva Número 120, con vigencia de revalidación al trece de febrero de dos mil veintitrés, otorgada por la Dirección General del Registro de Armas de Fuego y Control de Explosivos, de la Secretaría de Defensa Nacional, a través del oficio número S.L./1842, de fecha cinco de febrero de dos mil veintiuno, para que personal integrante de las instituciones policiales de los sesenta municipios de la entidad tlaxcalteca, pueda hacer uso del armamento enlistado en la citada licencia para el ejercicio de sus funciones dentro del Estado o fuera de él, y toda vez que las credenciales oficiales fueron expedidas por la entonces Secretaría de Seguridad Ciudadana, mediante Acuerdo publicado el veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala, el Comisionado Estatal de Seguridad, prorrogó su vigencia hasta el día treinta de noviembre de dos mil veintiuno, por lo que, con la finalidad de evitar consecuencias legales en contra de los elementos de seguridad pública municipal que tienen bajo su resguardo armas de fuego enlistadas en la Licencia Oficial Colectiva 120, tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LAS CREDENCIALES EXPEDIDAS POR LA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA ACTUALMENTE COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD, AL
PERSONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LOS SESENTA MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TLAXCALA, PARA QUE SURTAN LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR ANTE AUTORIDAD COMPETENTE.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tlaxcala del 29/12/2021

TitlePeriódico Oficial de Tlaxcala

CountryMexico

Date29/12/2021

Page count2

Edition count516

First edition12/01/2011

Last issue19/04/2023

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