Gaceta Oficial de Venezuela del 02/05/2022 - Extraordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Extraordinaria

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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
2. Los órganos y entes a los que incumbe el ejercicio del Poder Público
N 6.699 Extraordinario
erradicación de la corrupción proveniente de actividades vinculadas a la administración, manejo y custodia del patrimonio público.

estadal.
3. Los órganos y entes a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los
Para tales efectos, los diferentes órganos y entes del Poder Público, en sus distintos niveles, deben desarrollar planes educativos de formación y
distritos y distritos metropolitanos.

prevención contra la corrupción, dirigidos a las servidoras públicas, servidores
4. Los órganos a los que incumbe el ejercicio del Poder Público Municipal y en los demás entes locales previstos en la Ley Orgánica del Poder Popular.

públicos y a la población en general.
Artículo 6. Se modifica el artículo 8, que pasa a ser el artículo 9 en la forma
5. Los órganos y entes a los que incumbe el ejercicio del Poder Público en los
siguiente:

territorios y dependencias federales.

Carácter público de la información
6. Los institutos autónomos nacionales, estadales, distritales y municipales.

Artículo 9. Toda información relativa a la administración, manejo y custodia
7. El Banco Central de Venezuela.

del patrimonio público que corresponda a las personas sujetas a esta Ley, tendrá carácter público, salvo las excepciones que por razones de Seguridad
8. Las universidades públicas.

de la Nación, expresamente establezca la Ley.

9. Las demás personas de Derecho Público: nacionales, estadales, distritales y municipales.

Artículo 7. Se modifica el artículo 12, que pasa a ser el artículo 13 en la forma siguiente:

10. Las sociedades de cualquier naturaleza en las cuales las personas a que se
Participación ciudadana en la formulación,
refieren los numerales anteriores tengan participación en su capital social,
supervisión y control presupuestario
así como las que se constituyen con la participación de aquellas.

Artículo 13. Las y los particulares, consejos comunales, comunas y demás
11. Las fundaciones y asociaciones civiles, instituciones y otras formas
instancias y organizaciones de base del Poder Popular tienen derecho a
asociativas, de derecho público o privado, incluidas las instancias3 y62

participar
organizaciones de base del Poder Popular, que estén constituidas con
presupuestaria y evaluación en la administración de sus gastos, de acuerdo
fondos públicos o que sean dirigidas por las personas a que se refieren los
con el ámbito político territorial correspondiente, de conformidad con lo
numerales anteriores, o en las cuales tales personas designen sus
previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley.

autoridades, o cuando los aportes presupuestarios o contribuciones
A tal efecto, la Oficina Nacional de Presupuesto someterá periódicamente a
efectuadas en un ejercicio presupuestario por una o varias de las personas
consulta pública el diseño de los indicadores de gestión a que se refiere la
a que se refieren los numerales anteriores represente el cincuenta por
Sección Séptima del Capítulo II del Título II de la Ley Orgánica de
ciento 50% o más de su presupuesto.

Administración Financiera del Sector Público, de conformidad con el
Igualmente, se considera patrimonio público, los recursos entregados a particulares, por los entes del sector público mencionados en el artículo
en
la
formulación,
supervisión,
control
de
la
ejecución
procedimiento establecido en el Título IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública.

anterior, mediante transferencias, aportes, subsidios, contribuciones, o alguna
Artículo 8. Se modifica el artículo 17, que pasa a ser el artículo 18 en la
otra modalidad similar para el cumplimiento de finalidades de interés o utilidad
forma siguiente:

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pública, hasta que se demuestre el logro de dichas finalidades. Los particulares
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Administración del patrimonio público
que administren tales recursos estarán sometidos a las sanciones y demás acciones y medidas previstas en esta Ley y en la Ley Orgánica de la Contraloría
Artículo 18. Las funcionarias públicas, funcionarios públicos, empleadas públicas y empleados públicos deben administrar, manejar y custodiar el
General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

patrimonio público con criterios de racionalidad y eficiencia, procurando la
Artículo 4. Se modifica el artículo 6, quedando la redacción de la siguiente
disminución del gasto y la óptima utilización e inversión de los recursos
manera:

disponibles, en atención a los fines públicos.

Principios rectores Artículo 6. Son principios rectores para la administración, manejo, custodia y salvaguarda del patrimonio público: la honestidad, probidad, decoro, honradez,
transparencia,
participación
legalidad,
colaboración,
rendición
de
ciudadana, cuentas,
eficacia,
eficiencia,
responsabilidad
y
corresponsabilidad.

Artículo 9. Se agrega una Sección Primera en el Capítulo II del Título I de la ley, quedando la redacción de la siguiente manera:
CAPÍTULO II
Declaración Jurada de Patrimonio Sección primera: Sistema automatizado Artículo 10. Se agrega un nuevo artículo después del artículo 23, quedando
Artículo 5. Se agrega un nuevo artículo después del artículo 7, quedando la redacción de la siguiente manera:

redactado de la siguiente manera:
Sistema electrónico para la elaboración y registro de la Declaración Jurada de Patrimonio
Políticas públicas
Artículo 24. La presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio debe
Artículo 8. El Estado debe diseñar, implementar y evaluar políticas públicas
elaborarse y registrarse en formato electrónico a través de un sistema
educativas, económicas, jurídicas y de cualquier otra índole, que considere
automatizado que, a tal efecto, estará bajo la rectoría y condiciones que
oportunas y convenientes, para asegurar la prevención, combate y
establezca la Contraloría General de la República.

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Gaceta Oficial de Venezuela del 02/05/2022 - Extraordinaria

TitleGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Extraordinaria

CountryVenezuela, Bolivarian Republic of

Date02/05/2022

Page count24

Edition count28

First edition23/01/2014

Last issue19/01/2023

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