Gaceta Oficial de Venezuela del 19/01/2022 - Extraordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Extraordinaria

N 6.684 Extraordinario
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

3

Máxima Instancia
Las faltas temporales y accidentales de las Secretarias o Secretarios y de las o los
Artículo 3. El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto tribunal de la República;

Alguaciles serán suplidas por las personas que designe la Presidenta o Presidente de
contra sus decisiones, en cualquiera de sus Salas, no se oirá, ni admitirá acción ni
la Sala respectiva, quien designará también, temporalmente, a las personas que
recurso alguno, salvo lo que se dispone en esta Ley.

hayan de suplir dichas funcionarias o funcionarios, cuando haya falta absoluta.
Supremacía Constitucional
Requisitos para ser Secretaria o Secretario
Artículo 4. El Tribunal Supremo de Justicia garantizará la supremacía y efectividad
Artículo 13. Las Secretarias o Secretarios deben ser abogadas o abogados, mayores
de las normas y principios constitucionales. Será el máximo y último intérprete de la
de treinta años y haber ejercido la profesión o tener carrera dentro del Poder Judicial,
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y velará por su uniforme
por un mínimo de diez años. Al día siguiente o el más inmediato posible a la
interpretación y aplicación. Las interpretaciones que establezca la Sala Constitucional
designación de las autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, la Presidenta o
sobre el contenido o alcance de las normas y principios constitucionales son
Presidente de cada una de ellas nombrará los respectivos Secretarias o Secretarios y
vinculantes para las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República.

Alguaciles; todos los cuales prestarán el juramento ante sus Salas. Las actas de las sesiones en que sean designadas o designados estas funcionarias o funcionarios se
Justicia gratuita
publicarán en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 5. El Tribunal Supremo de Justicia no podrá establecer tasas, aranceles,
Atribuciones de la Secretaria o Secretario
comisiones, ni exigir pago alguno por sus servicios.

Artículo 14. Son atribuciones de la Secretaria o Secretario del Tribunal Supremo de Sede Artículo 6. La ciudad de Caracas es el asiento permanente del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de que, en Sala Plena, resuelva ejercer provisionalmente las
Justicia y de las respectivas Salas:
1. Dirigir la Secretaría, velar porque las empleadas o empleados de su dependencia concurran puntualmente a ella y cumplan con sus deberes.

funciones del Tribunal Supremo de Justicia en otro lugar de la República.

2. Recibir y entregar, al inicio y conclusión de su mandato y bajo formal inventario, los libros, sellos, expedientes y archivos de la Secretaría y demás bienes del Tribunal, así
TÍTULO II

como custodiarlos y conservarlos.

ORGANIZACIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

3. Recibir las demandas, representaciones y cualquier otra clase de escritos o
Capítulo I
Salas y sus funcionarias y funcionarios
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Salas
comunicaciones que les sean presentados de conformidad con la Ley, dar cuenta de
ellos al Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con las instrucciones Páginade 9 de la 78
Presidenta o Presidente; y autorizar, con su firma, las diligencias de las partes y demás interesadas o interesados.

Artículo 7. El Tribunal Supremo de Justicia funcionará en Sala Constitucional, Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Penal y de Casación
4. Redactar las actas de las sesiones del Tribunal y suscribirlas en unión de la
Social, así como en Sala Plena, la cual estará integrada por las Magistradas o
Presidenta o Presidente, después de que sean aprobadas; asimismo, deberá suscribir
Magistrados de todas las Salas señaladas.

con los Magistradas o Magistrados las sentencias, autos y demás decisiones que Integración
dicte el Tribunal, y deberá expedir las certificaciones, copias y testimonios que le ordene la Presidenta o Presidente.

Artículo 8. La Sala Constitucional estará integrada por cinco Magistradas o
5. Actuar con la Presidenta o Presidente, como Secretaria o Secretario del Juzgado
Magistrados y las demás Salas por tres Magistradas o Magistrados.

de Sustanciación y suscribir conjuntamente con ella o él los autos y demás decisiones Cada una de las Salas tendrá una Secretaria o un Secretario u una o un Alguacil.
Salas Especiales
de aquél, sin perjuicio de lo que dispone esta Ley.
6. Hacer llevar al día y con la mayor precisión y exactitud los libros donde consten las actuaciones del Tribunal según esta Ley y su Reglamento Interno; concurrir
Artículo 9. La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia deberá crear e instalar Salas Especiales para cada una de las Salas que componen el Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la Sala respectiva, cuando se acumulen, por materia, cien o
puntualmente a la Secretaría y a las sesiones del Tribunal y cumplir con las instrucciones de la Presidenta o Presidente en todo lo que esté relacionado con sus deberes; informar a la Presidenta o Presidente del curso de los asuntos y de las
más causas para que sean decididas.

deficiencias o irregularidades que observe en el Tribunal.
Las Salas Especiales que se crearen funcionarán hasta cuando la última de las causas sea decidida. Ellas estarán conformadas por una Magistrada o Magistrado de
7. Las demás que les señalen las leyes y el Reglamento Interno.

la Sala respectiva y por dos Magistradas o Magistrados Accidentales, que serán
Atribuciones de la o el Alguacil
designadas o designados por la Sala Plena de la lista de suplentes.

Artículo 15. Son atribuciones la o el Alguacil del Tribunal Supremo de Justicia y de Quórum de deliberaciones
las respectivas Salas:

Artículo 10. El quórum requerido para la deliberación en cada una de las Salas es la
1. Mantener el orden interno y anunciar públicamente la realización de los actos para
mayoría absoluta de los miembros que la deban integrar.

los que las leyes exijan el cumplimiento con tal requisito.
Quórum de decisión Artículo 11. Para que sean válidas las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia
2. Practicar las citaciones o notificaciones que les sean encomendadas.
3. Dar cumplimiento a las instrucciones que reciba de sus superiores inmediatos.

se requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que la deban integrar.

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Secretarias o Secretarios y Alguaciles Artículo 12. Cada Sala tendrá una Secretaria o Secretario y una o un Alguacil,
4. Las demás que les señalen las leyes o el Reglamento Interno.
En el ejercicio de sus funciones las o los Alguaciles son funcionarias o funcionarios de policía, dentro y fuera del Tribunal Supremo de Justicia, y con tal carácter podrán
quienes deberán cumplir con los requisitos de ley para el ejercicio de dichos cargos y
recabar la colaboración de otros agentes del orden público para el cumplimiento de
no estar incursos en las causales de incompatibilidad que establece esta Ley.

aquéllas.

Las faltas temporales y accidentales de las Secretarias o Secretarios y de las o los Página 10 de 78

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Gaceta Oficial de Venezuela del 19/01/2022 - Extraordinaria

TitleGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Extraordinaria

CountryVenezuela, Bolivarian Republic of

Date19/01/2022

Page count24

Edition count28

First edition23/01/2014

Last issue19/01/2023

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