Diario Oficial El Peruano del 16/5/2022

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado por: Editora Peru Fecha: 16/05/2022 03:59

Gerente de Publicaciones Oficiales:

LUNES 16

RICARDO MONTERO REYES

DE MAYO DE 2022
AÑO DEL FORTALECIMIENTO
DE LA SOBERANÍA NACIONAL

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
13
14

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
B. Edictos Clasificados 17

Juzgados de Paz Letrados
17

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Titulos Supletorios Reconocimiento de Unión de Hecho Curatela Especial
C. Remates Judiciales
19

Remates Bienes Inmuebles Remates Bienes Muebles Provincias
20

AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE PUNO
NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 inciso e del TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y de conformidad al artículo 20 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, según corresponda, cumple con notificar a las personas naturales y/o jurídicas en el cuadro integrante del presente, que no han podido ser notificadas ya sea por ser EXTRANJEROS, NO UBICARSE
SU DOMICILIO, NO IDENTIFICADOS O POR CORRESPONDER A UN ACTA EN ABANDONO , que al haber infringido la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008 y/o la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N 1053 se han emitido las siguientes Resoluciones de Intendencia decretando los actos administrativos.
La persona natural o jurídica con legitimo interés puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Puno ubicada en la Av. Santa Rosa N 475, Barrio Santa Rosa - Puno, a recabar copia del documento notificado o solicitarlo a través de la mesa de partes virtual ingresando a www.sunat.gob.pe. Asimismo, se hace de conocimiento que el Acto Administrativo objeto de notificación podrá ser reclamado dentro del término de veinte 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, los resueltos en la presente publicación serán ejecutadas así como las mercancías comisadas podrán ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 160 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN
INTERVENIDO / INFRACTOR
N 000186-2022-SUNAT/3H0500 CHIPANA TACANAHUI, RONALDO
del 29.04.2022
con DNI 77071734
RESOLUCIÓN
DE DIVISIÓN

INTERVENIDO /
INFRACTOR

ACTA SIGEDA
N 181-0205-2022-000009
Fecha: 08.01.2022

DETERMINACIÓN
ARTICULO ÚNICO.- MODIFICAR el décimo tercer considerando y el Articulo Tercero de la parte resolutiva de la Resolución de División N 000086-2022-SUNAT/
3H0500 de fecha 10.MAR.2022 donde dice: LK1PCKL1XJ1044068debe decir: LK1PCKL1XJ1044068.

ACTA DE
RECEPCIÓN

DETERMINACIÓN

ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en el ítem 1 del Acta de Recepción N 181-000C-CJ-1998-000016, de conformidad con el literal b del artículo 200 de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Legislativo N 1053. ARTICULO SEGUNDO.- Devolver el vehículo de placa de rodaje N WH-2145, consignado en el ítem 2 del Acta de Recepcion N
N 000187-2022- ARIAS INQUILLA
N 181-000C-CJ181-000c-cj-1998-000016, a su legitimo propietario, conforme a los considerandos de la presente Resolución de Devisión. ARTICULO TERCERO.- Disponer la notificación de lam presente Resolución de División, SUNAT/3H0500 REMIGIO con DNI
1998-00016
01796615
a través de la página web de la SUNAT y en Diario Oficial El Peruano, en aplicacion al artículo 104 del Texto Único Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y su del 29.04.2022
modificatorias.
RESOLUCIÓN
DE DIVISIÓN

ACTA
SIGEDA

DETERMINACIÓN

N 000191-2022SUNAT/3H0500
del 03.05.2022

ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia descrita en el Acta de Incautación N 181-0205-2018-001230 de fecha 25.NOV.2018, en aplicación de lo establecido en el Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008. ARTÍCULO SEGUNDO.- Sancionar a la empresa de transportes SAN ANDRES SRL con RUC N 20115024311, con una MULTA equivalente a cuatro 4 veces los tributos dejados de pagar, monto que asciende a la suma de S/. 2,826.00 Dos mil ochocientos veintiséis con 00/100 Soles, en aplicación del inciso b del Articulo 39 y el Articulo 40de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008; para lo cual, se deberá proceder a la emisión de la Liquidación de Cobranza correspondiente, conforme con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. ARTÍCULO TERCERO.- Sancionar con el INTERNAMIENTO temporal del N 181-0205- vehiculo de Placa de Rodaje N B1W-967, por un período de sesenta 60 días calendario, de conformidad con el literal a del Artículo 41 de la Ley de Delitos Aduaneros - Ley N 28008, computados a partir de la fecha de ingreso a las 2022-000009 Instalaciones de la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; para lo cual, se debera notificar a la empresa de transportes SAN ANDRES SRL con RUC N 20115024311, en calidad de propietario del antes referido vehículo, a fin de que en el plazo de cinco 5 días hábiles de notificada la presente resolución ponga a disposición de la Administración Aduanera dicha unidad vehícular; caso contrario, se deberá oficiar a la Jefatura de la Dirección Territorial PNP-Puno, a fin de solicitarle se sirva ordenar a quien corresponda, la ubicación y captura del vehículo de placa de rodaje N B1W967, una vez consentida la presente resolucion y cumplida la sanción de internamiento deberá devolverse el vehículo a su legítimo propietario; conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente resolución mediante la Página Web de la SUNAT y publicación en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el numeral 2 del inciso e del Artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF.

RESOLUCIÓN
DE DIVISIÓN

INTERVENIDO/
INFRACTOR

ACTA SIGEDA

DETERMINACION

181-0205-2021-00008, 181-0205-2021-000458, 181-0205-2021-000460, 181-0205-2021-000462, 181-0205-2021-000471, 181-0205-2021-000472, 181-0205-2021-000478, 181-0205-2021-000481, 181-0205-2021-000485, 181-0205-2021-000486, 181-0205-2021-000496, 181-0205-2021-000498, 181-0205-2021-000500, 181-0205-2021-000501, 181-0205-2021-000507, 181-0205-2021-000511, 181-0205-2021-000516, 181-0205-2021-000520, 181-0205-2021-000523, 181-0205-2021-000525, 181-0205-2021-000526, 181-0205-2021-000530, 181-0205-2021-000531, 181-0205-2021-000532, 181-0205-2021-000533, 181-0205-2021-000536, 181-0205-2021-000537, 181-0205-2021-000538, 181-0205-2021-000539, 181-0205-2021-000546, 1810205-2021-000548, 181-0205-2021-000553, 181-0205-2021-000596, 181-0205-2021-000673, 181-0205-2021-000684, 181-0205-2021-000689, 181-0205N 000194-20222021-000706, 181-0205-2021-000711, 181-0205-2021-000712, 181-0205-2021-000718, 181-0205-2021-000719, 181-0205-2021-000720, 181-0205-2021NEGÓ
SUNAT/3H0500
IDENTIFICARSE 000725, 181-0205-2021-000735, 1810205-2021-000738, 181-0205-2021-000739, 181-0205-2021-000740, 181-0205-2021-000745, 181-0205-2021-000749, del 09.05.2022
181-0205-2021-000750, 181-0205-2021-000751, 181-0205-2021-000753, 181-0205-2021-000754, 181-0205-2021-000759, 181-0205-2021-000766, 181-0205-2021-000769, 181-0205-2021-000773, 181-0205-2021-000774, 181-0205-2021-000781, 181-0205-2021-000785, 181-0205-2021-000790, 181-0205-2021-000793, 181-0205-2021-000798, 181-0205-2021-000799, 181-0205-2021-000802, 181-0205-2021-000803, 181-0205-2021-000804, 1810205-2021-000806, 181-0205-2021-000807, 181-0205-2021-000813, 181-0205-2021-000817, 181-0205-2021-000820, 181-0205-2021-000821, 181-02052021-000822, 181-0205-2021-000824, 181-0205-2021-000828, 181-0205-2021-000833, 181-0205-2021-000834, 181-0205-2021-000836, 181-0205-2021000838, 181-0205-2021-000840, 181-0205-2021-000841, 181-0205-2021-000844, 181-0205-2021-000845, 181-0205-2021-000846
RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN
N 000197-2022SUNAT/3H0500 del 09.05.2022

INTERVENIDO/
INFRACTOR
NO SE
IDENTIFICÓ AL
PROPIETARIO

ACTA SIGEDA

ARTICULO PRIMERO.- Disponer la INTEGRACIÓN de las Actas de Incautación señaladas en el CUADRO N 01, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley N 27444
y sus modificatorias. ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar el COMISO
ADMINISTRATIVO de las mercancías consignadas en las Actas de Incautación detalladas en el Cuadro N 01; en aplicación del artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, en concordancia con el último párrafo del Artículo 35 de la acotada Ley ; conforme a los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos. ARTÍCULO
TERCERO.- Disponer la notificación de la presente Resolución de División, a través de la página web de la SUNAT y en el Diario Oficial El Peruano, en aplicación al artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N 133-2013-ef y su modificatorias.

DETERMINACION

ARTICULO PRIMERO.- Declarar el COMISO ADMISTRATIVO de las mercancías consignadas en las Acta SIGEDA N 181-0400-2019-000003 de fecha 15.DIC.2018, de conformidad al artículo 38 de la Ley de N 181-0400los Delitos Aduaneros, Ley 28008. ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución mediante la Página Web de la SUNAT y publicación en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el numeral 2019-000003
2 del inciso e del artículo 104 del Texto Único ordenado del Códifo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 133-2013-EF.

RESOLUCIÓN DE
DIVISIÓN

ACTA SIGEDA

DETERMINACION

N 000198-2022SUNAT/3H0500 del 10.05.2022

181-0205-2021-000151, 181-0205-2021-000454, 181-0205-2021-000457, 181-0205-2021-000461, 181-0205-2021-000463, 181-0205-2021-000468, 181-0205-2021-000470181-0205-2021-000477, 181-0205-2021-000480, 181-0205-2021-000482, 181-0205-2021-000483, 181-0205-2021-000488, 181-0205-2021-000490, 181-0205-2021-000495, 181-0205-2021-000502, 181-0205-2021-000519, 181-0205-2021-000521, 181-0205-2021-000522, 181-0205-2021-000527, 181-0205-2021-000528, 181-0205-2021-000535, 181-0205-2021-000543, 181-0205-2021-000626, 181-0205-2021-000681
, 181-0205-2021-000823, 181-0205-2021-000825

ARTICULO PRIMERO.- Disponer la INTEGRACIÓN de las Actas de Incautación señaladas en el Cuadro N 01, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Ley N 27444 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Declarar COMISO ADMISTRATIVO de las mercacías consignbadas en las Actas de incautación detalladas en el Cuadro N 01; en aplicación del Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, en concordancia con el último párrafo del Artículo 35 de la aclotada Ley; conforme a los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos. ARTÍCULO TERCERO.- Disponer la notificación de la presente Resolución de División, a través de la página web de la SUNAT y en el Diario Oficial El Peruano, en aplicación al artículo 104 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, mediante Decreto Supremo N 133-2013-EF y su modificatorias.

005-2067050-1

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Diario Oficial El Peruano del 16/5/2022

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date16/05/2022

Page count32

Edition count2721

First edition01/01/2016

Last issue23/04/2024

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