Diario Oficial El Peruano del 5/5/2023 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 19/05/2023 03:13

FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

Viernes 19 de mayo de 2023

AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XIX / Nº 3528

1

PODER JUDICIAL
PROCESO DE AMPARO
JUZGADO ESPECIALIZADO CONSTITUCIONAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA
EXPEDIENTE
MATERIA
JUEZ
ESPECIALISTA
DEMANDADO

DEMANDANTE

: 00929-2022-0-0401-JR-DC-01
: ACCION DE AMPARO
: KARINA FIORELLA APAZA DEL
CARPIO
: RAMOS NEIRA HENRY AMILCAR
: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PAMPAMARCA HUANUCO, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PAMPAMARCA HUANUCO, PROCURADOR PÚBLICO DE LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
ZONA REGISTRAL, SUPERINTENCIA NACIONAL DE
ADUANAS Y ADMINISTRACION
TRIBUTARIA SEDE PUNO, SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
ZONA REGISTRAL IX SEDE LIMA, PROCURADOR PÚBLICO DE LA
SUPERINTENCIA NACIONAL DE
ADUANAS Y ADMINISTRACION
TRIBUTARIA, : TRANSPORTES Y SERVICIOS VEL
S.R.L.,
Resolución Nº 03
Arequipa, veintiocho de febrero del dos mil veintitrés.
DEJANDO CONSTANCIA QUE: Da fe de la presente resolución, el señor Asistente de Juez, Abog. Patricio Miguel Ángel Carpio Casaverde quien ha sido autorizado para tal efecto, conforme al plan de descarga procesal del Juzgado Constitucional.
Al escrito Nº 724-2022: Téngase presente y estese a lo resuelto en la presente resolución. Al primer otrosí.
Téngase por delegadas las facultades de representación a los abogados señalados en el escrito. Al segundo otrosí.
Téngase presente.
SENTENCIA 183-2023
VISTOS:
PRIMERO: Objeto de pronunciamiento 1.1. Se trata del PROCESO DE AMPARO admitido a trámite en virtud de la demanda presentada por EMPRESA DE
TRANSPORTES Y SERVICIOS DEL S.C.R.L. debidamente representada por HENRY ARTURO
VELASQUEZ
QUIQUIZOLA en contra de la SUPERINTENDENCIA

NACIONAL
DE
ADUANAS
Y ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA SEDE PUNO con emplazamiento del PROCURADOR PÚBLICO DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL
DE
ADUANAS
Y ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA, en contra de la SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS ZONA
REGISTRAL Nº XI SEDE LIMA con emplazamiento del PROCURADOR PÚBLICO DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
SUNARP, en contra de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PAMPAMARCA HUÁNUCO con emplazamiento del PROCURADOR PÚBLICO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PAMPAMARCA HUÁNUCO.
SEGUNDO: Petitorio de la demanda 2.1. La parte demandante interpone demanda de proceso de amparo con la finalidad que:
a Se declare nula la Resolución Ficta de Cancelación de Placa de Rodaje y Determinación de Vehículo Fuera de Circulación, efectuado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Zona Registral Nº IX SEDE LIMA, que vulnera su derecho de propiedad y derecho de circulación del vehículo de Placa de Rodaje Nº A6U-909, a efecto de que se deje sin efecto legal dicha Resolución Administrativa y se restituya la Vigencia y Circulación del vehículo en mención, así como su Partida Registral.
b Se disponga la cancelación del asiento registral respecto del cambio de la Placa de Rodaje Nº A6U-909 por la Placa de Rodaje Nº EAB-935.
c Se disponga la cancelación del asiento registral respecto de la inscripción de adjudicación efectuada a favor de la Municipalidad Distrital de Pampamarca de la provincia de Yarowilca, departamento y región de Huánuco.
TERCERO: Contestación de la demanda 3.1. La parte demandada, SUNAT, debidamente representada por su Procurador Público Adjunto Renzo Fabricio Tomás Díaz Gonzales, y SUNARP, debidamente representada por su Procurador Público Manuel Darío Cabrera Espinoza Chueca, han procedido a contestar la demanda, negándola y contradiciendo los argumentos de la parte demandante.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.1. De conformidad con el artículo 200º de la Constitución Política del Perú, el proceso de amparo, procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos reconocidos por la Constitución, diferentes a la libertad individual o derechos constitucionales conexos a esta.
1.2. Debe tenerse en cuenta que, el artículo 12º del Nuevo Código Procesal Constitucional, en todos sus párrafos

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Diario Oficial El Peruano del 5/5/2023 - Procesos Constitucionales

TitleDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

CountryPeru

Date19/05/2023

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First edition08/01/2016

Last issue23/04/2024

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