Diario Oficial El Peruano del 2/2/2021 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

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Fecha: 15/02/2021 07:12:31

AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA

Lunes 15 de febrero de 2021

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XVII / Nº 3156

1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE HÁBEAS DATA
Sala Primera. Sentencia 91/2020
EXP. N.º 03212-2018-PHD/TC
LA LIBERTAD
VICENTE RAÚL LOZANO CASTRO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los nueve días del mes de noviembre de 2020, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los señores magistrados Miranda Canales, Ramos Núñez y Espinosa-Saldaña Barrera, pronuncia la siguiente sentencia.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Vicente Raúl Lozano Castro contra la resolución de fojas 82, de fecha 19 de enero de 2018, expedida por la Sala Mixta Permanente de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, que declaró improcedente la demanda de autos.
ANTECEDENTES
Demanda Con fecha 15 de julio de 2015, el actor interpone demanda de habeas data contra el general PNP César Gentille Vargas, jefe de la región policial La Libertad. En virtud del derecho de acceso a la información, solicita se le informe si la Policía Nacional de Tránsito de la Región Policial de La Libertad lleva un registro, control o estadística de las papeletas aplicadas por los efectivos policiales de tránsito por infracciones al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, Decreto Supremo 016-2009-MTC; de ser positiva la respuesta solicita se le informe o que se le otorgue un reporte sobre: 1 el número total de papeletas que se han aplicado en el mes de enero del año 2015; así como 2 el número de papeletas por cada código de infracción que se ha aplicado nombre de la infracción: y el nombre del efectivo policial que ha aplicado la papeleta. Indicándose, el número total de papeletas que ha aplicado. Accesoriamente, solicita el pago de costas y costos del proceso.
Contestación de la demanda Con fecha 2 de octubre de 2015, el general PNP César Gentille Vargas, jefe de la Región Policial La Libertad, contestó la demanda solicitando que sea declarada improcedente porque no se ha negado a otorgar información sino que su despacho no es el indicado para proporcionar una información que no posee, por el contrario, ha orientado al accionante en el plazo de ley para que su solicitud la presente ante la División de Estadística de la Dirección Ejecutiva de Tecnología, Información y Comunicaciones de la PNP, quien valida dicha información, cuya sede está en la ciudad de Lima.
Resolución de primera instancia o grado Con fecha 30 de octubre de 2015, el Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad declaró improcedente la demanda por considerar que la entidad demandada ha cumplido con emitir pronunciamiento dentro del plazo establecido, denegándole la solicitud por la
inexistencia de los datos en su poder respecto a la información solicitada. Asimismo, informó al demandante que lo solicitado obra en la División de Estadística de la Dirección Ejecutiva de Tecnología, Información y Comunicaciones de la PNP.
Resolución de segunda instancia o grado Con fecha 19 de enero de 2018, la Sala Mixta Permanente de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad confirmó la resolución de primera instancia o grado, por cuanto la solicitud de acceso a la información debe ser dirigida a la entidad pública que posee la información, ya sea que la genere, produzca o procese; situación que no ocurrió en el presente caso.
FUNDAMENTOS
Delimitación del asunto litigioso 1. Tal como se aprecia en autos, el accionante solicita se le informe si la Policía Nacional de Tránsito de la Región Policial La Libertad lleva un registro, control o estadística de las papeletas aplicadas por los efectivos policiales de tránsito por infracciones al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, Decreto Supremo 016-2009MTC, de ser positiva la respuesta solicita se le informe o que se le otorgue un reporte sobre: 1 el número total de papeletas que se han aplicado en el mes de enero del año 2015; así como 2 el número de papeletas por cada código de infracción que se ha aplicado nombre de la infracción: y el nombre del efectivo policial que ha aplicado la papeleta. Indicándose el número total de papeletas que ha aplicado. Accesoriamente, solicita el pago de costas y costos del proceso.
Procedencia de la demanda 2. De conformidad con el artículo 62 del Código Procesal Constitucional, constituye un requisito especial de procedencia de la demanda de habeas data que el demandante haya reclamado previamente al demandado, mediante documento de fecha cierta, el respeto de los derechos constitucionales invocados; es decir, el derecho de acceso a la información pública o el derecho de autodeterminación informativa.
Asimismo, el demandado debe ratificarse en su incumplimiento o no contestar dentro de los diez 10 días útiles siguientes a la presentación de la solicitud, en el caso del primero de los derechos mencionados. Solamente se podrá prescindir de este requisito, de manera excepcional, en aquellos casos en los que su exigencia genere el inminente peligro de sufrir un daño irreparable, lo cual debe ser acreditado por el demandante.
3. En la medida en que a través del documento de fojas 2
el recurrente ha cumplido el requisito que exige el artículo 62
del Código Procesal Constitucional y que el proceso de habeas data resulta idóneo para el análisis de la denegatoria de la entrega de información pública solicitada, corresponde emitir un pronunciamiento de fondo.
Análisis de la controversia 4. Según consta en autos, la solicitud de acceso a la información fue respondida por el jefe de la Región Policial La Libertad, en el sentido de que el accionante debió dirigir su solicitud a la División de Estadística de la Dirección Ejecutiva de Tecnología, Información y Comunicaciones de la PNP, ubicado en la ciudad de Lima, respuesta que ha sido reiterada en la contestación de demanda.

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Diario Oficial El Peruano del 2/2/2021 - Procesos Constitucionales

TitleDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

CountryPeru

Date15/02/2021

Page count56

Edition count1453

First edition08/01/2016

Last issue19/04/2024

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