Diario Oficial de la República de Chile del 30/4/2022 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.241

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 30 de Abril de 2022

respiratorio agudo grave de tipo 2 en adelante, SARS-CoV-2, causante de la enfermedad por coronavirus 2019 en adelante, COVID-19.
6 Que, el 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud en adelante, la OMS declaró que el brote del nuevo coronavirus constituye una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional en adelante, ESPII; conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento Sanitario Internacional, promulgado en nuestro país mediante el decreto Nº 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
7 Que, el 11 de marzo de 2020, la OMS concluyó que el COVID-19 puede considerarse como una pandemia.
8 Que, en este contexto normativo y ante la manifestación de un suceso patógeno de tales características, con fecha 5 de febrero de 2020, se dicta el decreto N 4, que declara la alerta sanitaria en todo el territorio nacional y otorga facultades extraordinarias al Ministerio de Salud, y posteriormente, se dispone su prórroga mediante los decretos Ns. 1, 24, 39 y 52, de 2021, y N 31, de 2022.
9 Que, de esta manera la alerta sanitaria ha dotado a la autoridad sanitaria de facultades extraordinarias suficientes que la habilitan para aplicar medidas cuyo objeto sea impedir la propagación del SARS-CoV-2 mediante acciones preventivas de salud y evitar los fallecimientos vinculados indefectiblemente a éste.
10 Que, el artículo 57 del Código Sanitario establece que cuando el país está amenazado o invadido por una enfermedad transmisible, el Servicio Nacional de Salud -para estos efectos el Ministerio de Saluddeberá establecer medidas adecuadas para impedir la transmisión internacional de dichas enfermedades, señalando el mismo artículo, a modo de ejemplo, la adopción de medidas como prohibir el embarque o desembarque de pasajeros, tripulación y carga.
11 Que, el numeral 15 del artículo 3, del decreto N 4, de 2020, citado en el numeral 8 precedente, otorga a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud la facultad extraordinaria de denegar la entrada al país de ciudadanos extranjeros no residentes en Chile, sospechosos o afectados por el nuevo coronavirus 2019.
12 Que, el numeral 18 del artículo 3, del decreto N 4, de 2020, citado en el numeral 8 precedente, otorga a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud la facultad extraordinaria de aplicar todas aquellas medidas y recomendaciones emanadas de la Organización Mundial de la Salud en el contexto de las obligaciones adquiridas en virtud del Reglamento Sanitario Internacional.
13 Que, el numeral 20 del artículo 3, del decreto N 4, de 2020, citado en el numeral 8 precedente, otorga a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud la facultad extraordinaria de disponer la prohibición temporal de desembarco de pasajeros de naves y aeronaves.
14 Que, el 24 de julio de 2021, se publicó la resolución exenta N 672, del Ministerio de Salud, que Establece Plan Fronteras Protegidas.
15 Que, a la fecha, a nivel mundial más de 500 millones de personas han sido confirmadas con la enfermedad, produciéndose más de 6,1 millones de fallecidos.
16 Que, a la fecha, en Chile más de 3,5 millones de personas han sido diagnosticadas con COVID-19, existiendo más de 57 mil personas fallecidas contagiadas por la enfermedad.
17 Que, las medidas sanitarias que se han adoptado en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración obedecen a criterios técnicos de salud pública y, su mérito, oportunidad, conveniencia y eficacia están radicados en la autoridad;
que ha de resguardar en el desempeño de su función pública, el cumplimiento del mandato constitucional y legal de velar por el bien común y proteger la salud y vida de todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional.
18 Que, si bien la situación epidemiológica actual ha mejorado considerablemente en relación con aquella inicial y a la existente al tiempo que se dictó la referida resolución exenta Nº 672, la pandemia de COVID-19 no está controlada a nivel mundial. Por lo que el Plan Frontera ha sido actualizado por medio de la resolución exenta N 495 de 12 de abril de 2022, del Ministerio de Salud.
19 Que, el referido Plan establece las medida sanitarias que se deben cumplir para el ingreso al territorio nacional dependiendo del Nivel de Alerta declarado en el país, 20 Que, conforme lo establecido en la resolución exenta N 504, de 20 de abril de 2022, del Ministerio de Salud, que dispone medidas sanitarias que indica, Chile se encuentra en Nivel de Alerta 1.
21 Que, el 1 de mayo del año en curso Chile realizará la apertura de fronteras, por lo que se prevé un aumento en el flujo fronterizo.
22 Que, lo anterior sumado a las circunstancias epidemiológicas del COVID-19
en nuestro país y de la Red Asistencial de Salud, permiten incorporar nuevas excepciones en relación a la obligatoriedad de adquirir un seguro médico para el ingreso al país.
23 Que, la inminencia de este escenario, permite proyectar que existen determinados pasos fronterizos en los que existe alto riesgo de generarse crisis

Sección I - 3

humanitarias, los que serán determinados por resolución del Servicio Nacional de Migraciones.
24 Que, por lo señalado anteriormente y en uso de las facultades que me confiere la ley:
Resuelvo:
1. Agrégase en la resolución exenta Nº 495, de 14 de abril de 2022, del Ministerio de Salud, a continuación del numeral 46, el siguiente Título XI, nuevo:
XI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primer Transitorio. Excepción a la obligatoriedad del seguro médico.
Suspéndase desde el 1 al 15 de mayo del año 2022, ambos días inclusive, la exigibilidad del seguro médico de viaje dispuesto en el acápite V, a quienes ingresen al territorio nacional por los pasos fronterizos terrestres habilitados establecidos por resolución del Servicio Nacional de Migraciones por razones humanitarias.
Anótese, comuníquese y publíquese.- María Vegoña Yarza Sáez, Ministra de Salud.
Transcribo para su conocimiento resolución exenta N 540, del 29 de abril de 2022.- Por orden del Subsecretario de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa División Jurídica, Ministerio de Salud.

Ministerio de Vivienda y Urbanismo CVE 2121578
DECLARA DESIERTO CONCURSO INTERNO PARA PROVEER EL CARGO
DE JEFE DE DEPARTAMENTO GRADO 7 EUR, CON DESEMPEÑO EN
EL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE CAUQUENES, DEL SERVICIO
DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN DE LA REGIÓN DEL MAULE
Resolución Santiago, 27 de abril de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 541 exenta.
Visto:
El artículo 21 del DFL N 29, de Hacienda, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el artículo 4 del decreto supremo N 69, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que aprueba el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; la resolución N 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, y Teniendo presente:
a La resolución V. y U. N 5, de fecha 5 de febrero de 2021, Tomada de Razón por la Contraloría General de la República el 15 de febrero de 2021, mediante la cual se realizó el llamado a concurso interno para proveer un cargo de Jefe de Departamento grado 7 EUR, con desempeño en el Departamento Provincial de Cauquenes, dependiente del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región del Maule, b La publicación de dicho concurso en el Diario Oficial y su difusión en la página www.empleospublicos.cl de la Dirección Nacional del Servicio Civil y a través de correo electrónico de Minvu Empleos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, todos con fecha 15 de julio de 2021.
c El Acta de fecha 6 de diciembre de 2021, elaborada por el Comité de Selección conformado según lo dispuesto por la normativa legal y reglamentaria sobre la materia, mediante la cual se deja constancia del proceso de evaluación y selección del citado concurso, estableciéndose que no hubo postulantes idóneos para proveer la vacante.
Resolución:
1.- Declárase desierto el concurso interno para proveer el cargo de Jefe de Departamento grado 7 EUR, con desempeño en el Departamento Provincial de

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Diario Oficial de la República de Chile del 30/4/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date30/04/2022

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