Diario Oficial de la República de Chile del 3/3/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 4

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 3 de Marzo de 2020

y Telecomunicaciones de la Región de Biobío; oficio Nº 889, de 18 de diciembre de 2019, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Ñuble; ordinario Nº 2000/18/2020, de 9 de enero de 2020, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Chillán; Informe Técnico Nº 02-F-2020, de 14 de enero de 2020, de la Prefectura de Carabineros Ñuble Nº 17; oficio Nº 24, de 17 de enero de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Ñuble; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; y de la demás normativa aplicable.
Considerando:
1º Que, mediante resolución exenta Nº 65, citada en vistos, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, fijó trazados a los servicios de locomoción colectiva rural e interurbana al interior de la zona urbana de la ciudad de Chillán.
2º Que, mediante oficio Nº 889, de 18 de diciembre de 2019, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Ñuble, se solicitó a la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Chillán, y a la SIAT de Ñuble, su pronunciamiento técnico para la modificación de la resolución Nº 65 citada en vistos.
3º Que, mediante ordinario Nº 2000/18/2020, de 9 de enero de 2020, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Chillán, se informa aprobación a la modificación de la resolución Nº 65 en los puntos que trata oficio Nº 889 citado en el considerando anterior.
4º Que, mediante Informe Técnico Nº 02-F-2020, de 14 de enero de 2020, de la Prefectura de Carabineros Ñuble Nº 17, se informa la factibilidad de la modificación de la resolución Nº 65 en los puntos que trata el oficio Nº 889.
5º Que, en virtud de la ley 21.033, publicada en el Diario Oficial el día 5 de septiembre de 2017, se creó la XVI Región de Ñuble y las provincias de Diguillín, Punilla e Itata, siendo su capital regional la ciudad de Chillán. En consecuencia, cualquier modificación en materia de transportes dentro del ámbito territorial señalado precedentemente, es de competencia de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Ñuble.
6º Que, mediante Oficio Nº 24, de 17 de enero de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Ñuble, se solicitó a la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Chillán, considerar a bien y gestionar la materialización de las sugerencias realizadas por la SIAT de Ñuble en Informe Técnico Nº 02-F-2020.
Resuelvo:
1º Reemplácense los puntos 3. y 4. del numeral I. Terminal Paseo La Merced Maipón Nº 890, del resuelvo 1º, de la resolución exenta Nº 65, de 5 de abril de 2005, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, por lo siguiente:
3. Servicio Rural Norte Recorrido Chillán - San Carlos - San Fabián Ruta 5 Sur Salida Terminal - Av. Arturo Prat -Sargento Aldea - Bulnes -Av. OHiggins - Ruta 5 Sur.
Regreso Ruta 5 Sur - Av. OHiggins - Itata - Rosas Gamero - Isabel Riquelme - Av. Arturo Prat - Terminal..
4. Servicio Rural Nor Poniente.
Recorrido Chillán - Ninhue - Quirihue - Cobquecura Ruta 5 Sur.

Salida Terminal - Sargento Aldea - Gamero - Av. OHiggins - Ruta 5 Sur.
Regreso Ruta 5 Sur - Av. OHiggins - Itata - Rosas - Gamero - Av. Argentina - Av. Collín - Sargento Aldea - Terminal..
2º Reemplácese el punto 2 del numeral III. Terminal de Minibuses La Palmera Fco. Ramírez esquina Hernando de Magallanes, del resuelvo 1º, de la resolución exenta Nº 65, de 5 de abril de 2005, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, por lo siguiente:
2 Servicio Rural Norte 2.a Recorrido Chillán - San Carlos - San Fabián Ruta 5 Sur.

Salida Terminal - Av. Hernando de Magallanes -Av. Coihueco - Diego Portales - Av. Argentina - Constitución - Sargento Aldea - Bulnes - Av. OHiggins - Ruta 5 Sur.

Nº 42.594

Regreso Ruta 5 Sur - Av. OHiggins - Itata - Rosas - Gamero - Isabel Riquelme - El Roble - Av. Argentina - Av. Francisco Ramírez - Terminal..
3º Incorpórese en el numeral IV. Terminal de Buses Interurbanos María Teresa Panamericana Norte Nº 010, del resuelvo 1º, de la resolución exenta Nº 65, de 5 de abril de 2005, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío, el siguiente Nº 4:
4. Servicio con destino Yungay Ruta N-59-Q

Salida Terminal - Av. Ecuador - Av. OHiggins - Calle BaquedanoRuta N-59-Q - Yungay.
Regreso Yungay - Ruta N-59-Q - Calle Baquedano - Av. OHigginsAv.
Ecuador - Terminal.
4º En lo no modificado se mantienen íntegramente las demás estipulaciones contenidas en la resolución exenta Nº 65, de 5 de abril de 2005, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Bárbara Kopplin Lanata, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Ñuble.
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL IX REGIÓN DE LA
ARAUCANÍA
CVE 1734395
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN LA VÍA
QUE SE INDICA, COMUNA DE PADRE LAS CASAS
Resolución Núm. 232 exenta.- Temuco, 19 de febrero de 2020.
Vistos:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39 de 1992 y Nº 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL
Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 343, de fecha 5 de enero de 1999, de esta Secretaría Regional Ministerial; el ordinario Nº 72, de fecha 21 de enero de 2020, de la Municipalidad de Padre Las Casas; la resolución exenta Nº 3.692, de fecha 14 de noviembre de 2019 del Departamento Técnico, Oficina de Licitaciones y Costos de Serviu Araucanía; el Ingreso Nº 518 presentado a esta Secretaría Regional Ministerial por la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Limitada, con fecha 24 de enero de 2020; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, mediante Ingreso Nº 518 de fecha 24 de enero de 2020, la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Limitada, en el marco del programa de Mejoramiento Interconexión Vial Temuco - Padre Las Casas, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados en ambas calzadas de Pasaje Santa María, entre calle Nibaldo y calle Baquedano, en la comuna de Padre Las Casas.
2. Que, el ordinario Nº 72, citado en Vistos y emitido por la Municipalidad de Padre Las Casas, aprueba el proyecto de señalización, siempre y cuando la ejecución de las obras cumplan con los requisitos que se señalan en el referido ordinario.
3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, mediante la resolución exenta Nº 343 de fecha 5 de enero de 1999, estableció la Red Vial Básica en la ciudad de Padre Las Casas.
4. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

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Diario Oficial de la República de Chile del 3/3/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date03/03/2020

Page count32

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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