Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/1/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 6
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ POR LA QUE
SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIAYAUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE
ALTA TENSIÓN.

Visto el expediente AT-14236/20, incoado en esta Delegación de Gobierno, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:

Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES S.L.
Domicilio: C/ Ronda del Pelirón, 5 - 11405 Jerez de la Frontera Cadiz
Lugar donde se va a establecer la instalación: POLIGONO 2 PARCELA 33
CARRETERO, SAN PABLO DE BUCEITE, 0033-VR, Término municipal afectado:
Jimena de la Frontera
Finalidad: Atender la demanda de la zona
Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación del Gobierno es competente para dictar la presente resolución de acuerdo con el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, con el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y con la Disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,
RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a EDISTRIBUCIÓN
REDES DIGITALES S.L. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Se realizará la retirada, del tramo de línea aérea S/C entre los apoyos A161312 y A167622
existentes, con una longitud aproximada de 110 m de conductor existente LA-56.

- Instalación de un nuevo apoyo nº1 de celosía con un esfuerzo en punta de 2000 daN y una altura de 18 m, con armado tresbolillo, semicrucetas a 1,5 m y distancia entre semicrucetas de 1,2 m.

- Instalación en el nuevo apoyo nº1, de un juego de seccionadores unipolares de 24 kV, así como la protección mecánica y forrado de los puentes de los conductores de media tensión junto con su antiescalo.

- Se realizará el tendido y retensado de conductor existente 47-AL1/8-ST1A
LA-56 S/C, entre el nuevo apoyo nº1 y el apoyo A167622 existente, con una longitud aproximada de conductor de 70 m.

- Se realizará el tendido de nueva línea aérea de media tensión a 15 kV
con conductor 47-AL1/8-ST1A LA-56 S/C, entre el apoyo A161312 existente y el nuevo apoyo nº1, con una longitud aproximada de conductor de 45 m.

- Para el tendido entre los apoyos A161312 y A167622 existentes, se aplicará el mismo tense del conductor existente para no variar las condiciones mecánicas de los apoyos A161312 y A167622 existentes, y por tanto no se justificarán dichos apoyos.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por
12 de enero de 2021

parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recuso de alzada ante la persona titular de Consejería de Hacienda y Financiación Europea en el plazo de UN 1 MES contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

01/12/2020. LA DELEGADA DEL GOBIERNO EN CÁDIZ. FIRMADO
POR ANA MESTRE GARCÍA.

Nº 76.442/20

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE EL BOSQUE
ASUNTO: CONVOCATORIA CUATRO PLAZAS DE PERSONAL LABORAL
FIJO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y CREACIÓN DE BOLSA
DE EMPLEO PARA SU CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD
Expediente nº 201/2020
ANUNCIO

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 2020-01292 de fecha de 28 de diciembre de 2020, las bases y convocatoria para la cobertura de la plaza de cuatro plazas vacantes de personal laboral fijo, con categoría de auxiliar del Servicio de Ayuda a Domicilio, y para la creación de una bolsa de empleo temporal para la contratación en régimen de interinidad, por el sistema de concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria y el proceso de selección:
BASES PARA LA COBERTURA DE CUATRO PLAZAS VACANTES EN
EL AYUNTAMIENTO DE EL BOSQUE CÁDIZ, DESTINADAS A LA
CONTRATACIÓN LABORAL FIJA DE AUXILIARES DE AYUDAA DOMICILIO, Y
CREACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN EN RÉGIMEN
DE INTERINIDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

La presente convocatoria tiene como objeto la cobertura de cuatro plazas vacantes y la creación de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal, en alguna de las modalidades de duración determinada ya sea de interinidad o de acumulación de tareas según las circunstancias al amparo de lo previsto en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en adelante TREBEP y de la legislación laboral aplicable, en particular, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en adelante el TRET y Real Decreto 2720/1998, de 18 diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, con el objeto de cubrir temporalmente puestos de trabajo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio de este Ayuntamiento, a fin de sustituir a los trabajadores que vienen desempeñando dicho puesto que tengan derecho a reserva del puesto de trabajo, o durante sus vacaciones, permisos, situación de incapacidad temporal o situaciones análogas.

El contrato laboral temporal se extinguirá en todo caso por la reincorporación del trabajador o trabajadora sustituido, o por expiración del tiempo convenido.

SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN DEL PUESTO.

El Servicio de Ayuda a Domicilio, gestionado por el Ayuntamiento de El Bosque, se define como: Una prestación realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.

Características del puesto para la cobertura de las cuatro plazas vacantes:
- Régimen:
- Duración del contrato:
- Retribuciones brutas mensuales:
Salario base:
Comp. de destino:
Com. Específico:

laboral fijo
595,22
268,05
302,08

Características del puesto para la creación de la bolsa de trabajo:

- Régimen:
laboral - Duración del contrato:
determinada Interinidad/acumulación de tareas - Retribuciones brutas mensuales:
Salario base:
595,22
Comp. de destino:
268,05
Com. Específico:
302,08

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 12/1/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date12/01/2021

Page count11

Edition count6004

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Last issue25/04/2024

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